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Convenio – Convenio de 13 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Woodendot, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 173
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Woodendot, S. L., como responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas. Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño. Ejercicio de Derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: info@woodendot.com.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad de Woodendot, S. L., en woodendot.com.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La
gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de
convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y
limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección
de datos personales”. Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas
designado por Woodendot, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la Sección 3.a del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimotercera
Solución de controversias
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula undécima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el Capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 13 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), la Directora de la Escuela Superior de Diseño, Marina Arespacochaga Maroto.—Por Woodendot, S. L., el administrador único, Daniel García Sánchez.
BOCM-20241017-26
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la
de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento
jurídico en general.
B.O.C.M. Núm. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 173
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Woodendot, S. L., como responsable del tratamiento: Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas. Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño. Ejercicio de Derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: info@woodendot.com.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre la política de privacidad de Woodendot, S. L., en woodendot.com.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La
gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de
convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y
limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección
de datos personales”. Dispone de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Comisión mixta de seguimiento del convenio
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas
designado por Woodendot, S. L., o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la Sección 3.a del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimotercera
Solución de controversias
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula undécima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el Capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en defecto de acuerdo entre las partes,
por los juzgados y tribunales del orden contencioso-administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio a la fecha de la última firma
consignada.
Madrid, a 13 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), la Directora de la Escuela Superior de Diseño, Marina Arespacochaga Maroto.—Por Woodendot, S. L., el administrador único, Daniel García Sánchez.
BOCM-20241017-26
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación la Ley 40/2015 de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando excluido de la aplicación de la
de la legislación de contratos del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las normas generales de Derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento
jurídico en general.