Ajalvir (BOCM-20241015-66)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 246

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

AJALVIR

El Pleno del Ayuntamiento de Ajalvir, en sesión celebrada en fecha 3 de octubre de 2024,
ha aprobado el calendario fiscal para el ejercicio 2025 de dichos padrones fiscales, en los
términos siguientes:
— Aprovechamiento de dominio público por cajeros automáticos 2025:
Del 3 de enero de 2025 al 28 de febrero de 2025.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2025:
Del 3 de marzo de 2025 al 5 de mayo de 2025.
— Tasa por entrada de carruajes y vado 2025:
Del 3 de marzo de 2025 al 5 de mayo de 2025.
— Tasa recogida de basuras 2025:
a) Periodo voluntario: Del 5 de mayo de 2025 al 30 de junio de 2025.
b) Modalidad pago domiciliados:
d Primer pago domiciliados: 5 de febrero de 2025.
d Segundo pago domiciliados: 7 de julio de 2025.
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbano 2025:
a) Periodo voluntario: Del 1 de mayo de 2025 al 30 de junio de 2025.
b) Modalidad pago domiciliados:
d Primer pago domiciliados: (40 %) 5 de marzo de 2025.
d Segundo pago domiciliados: (30 %) 5 de junio de 2025.
d Tercer pago domiciliados: (30 %) 5 de septiembre de 2025.
— Impuesto sobre bienes inmuebles rústico 2025:
Del 1 de mayo de 2025 al 30 de junio de 2025.
— Impuesto sobre actividades económicas 2025:
Del 22 de julio de 2025 al 23 de septiembre de 2025.
— Fechas límite solicitudes:
d Domiciliación bancaria: Último día hábil de diciembre de 2024.
d SEP (Sistema Especial de Pagos), último día hábil de enero de 2025.
d Bonificación IBI urbana por familia numerosa, último día hábil de enero de 2025.
Asimismo, se hacer saber que, quince días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública de los padrones correspondientes a los tributos municipales de carácter periódico. Durante el plazo de exposición pública
de un mes, los padrones estarán a disposición de los interesados en la oficina recaudadora
del Ayuntamiento sita en plaza de la Villa, número 1, 28864 Ajalvir.
— Lugar de pago: El pago se realizará en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias:
d CaixaBank.
d Sede Electrónica Ayuntamiento de Ajalvir. Pago telemático de tributos y sanciones municipales https://sedeajalvir.eadministracion.es/PortalCiudadano/Recaudacion/wfrValidacionDocumentos.aspx
— Medios de pago: De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: dinero de curso legal o cheque bancario
a favor del Ayuntamiento.
— Recursos: Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presi-

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RÉGIMEN ECONÓMICO