C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241015-31)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 30 de septiembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 246

MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 221

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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ORDEN de 30 de septiembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se modifica la Orden de 7 de marzo de 2024,
por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su
aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de
financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de
fecha 7 de marzo de 2024 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025. Dicho Plan ha
sido modificado por la Orden de 7 de julio de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 23 de julio de 2024).
Se ha considerado conveniente que las “subvenciones destinadas a potenciar y crear
comercio rural en municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunidad de Madrid”,
que están incluidas actualmente dentro de la línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se incluyan dentro de la línea de subvenciones de concesión directa.
Con ello, se evita el plazo preclusivo de presentación de solicitudes y permite su resolución
de manera individualizada y por riguroso orden, agilizando con ello su tramitación. Como
consecuencia de lo anterior, procede modificar la citada Orden de 7 de marzo de 2024, por
la que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 50.3 de
la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
DISPONGO
Primero
Objeto de la Orden

“AYUDAS DESTINADAS A POTENCIAR Y CREAR COMERCIO RURAL
EN MUNICIPIOS DE MENOS DE 1.000 HABITANTES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Área de competencia y beneficiarios: estas ayudas están destinadas a empresarios
que tengan o pretendan crear un comercio con local abierto al público en un municipio de
menos de 1.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20241015-31

Modificar la Orden de 7 de marzo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico
de subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los
años 2024 y 2025, en el siguiente sentido:
Uno. Se suprime el epígrafe III del apartado 6.5.a) del anexo de la citada Orden.
Dos. Se añade un epígrafe IX al apartado 6.5.b) del anexo de la citada Orden con el
siguiente contenido: