Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241015-62)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 246

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Recova Solar, S. L. U., autorización administrativa previa de las modificaciones y
autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Recova Solar,
de 72,5 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Arganda del
Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
Recova Solar, S. L. U., solicitó, con fecha 6 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Recova Solar de 72,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Colmenar de Oreja, en
la Comunidad de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Recova Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para
el parque fotovoltaico Recova Solar de 72,5 MW de potencia instalada y su infraestructura
de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en
el “Boletín Oficial del Estado” número 116, de 16 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, en el marco de la evaluación de impacto ambiental practicada, el promotor presentó, con fecha 9 de mayo de 2022, adenda al estudio de impacto ambiental y nuevos proyectos de la instalación fotovoltaica y de las líneas de evacuación, con modificaciones
consistentes en:
— Modificación del trazado y soterramiento de parte de la infraestructura de evacuación.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 13 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 24, de 28 de enero de 2023,
para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre
otras, las siguientes modificaciones:
i) En cuanto a la evacuación, construcción del tramo comprendido entre los apoyos 36 y 112 de la línea 132 kV “Recova-Morata Renovables”, descartando el tramo
comprendido entre los apoyos 73 y 154 de la línea 220 kV “Villarrubia-ElevaciónMedida Morata”, correspondiente al PFot-292, que se unirá a la línea en circuito
independiente, según condición 1.i).2, y el soterramiento de la línea eléctrica
a 132 kV “Recova-Morata Renovables” en los tres primeros kilómetros y entre los
apoyos 44.1 y 47.1, 55 y 66 y 92 y 93.1, así como en los montes de utilidad pública y preservados, y en el cruce de la línea eléctrica con la ZEC “Vegas, Cuestas y
Páramos del Sureste de Madrid” coincidente con el río Tajuña, según condiciones 1.i).3 y 1.i).4 y 1.ii).6.1.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, se
recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Recova Solar, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 27 de abril de 2023,
autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas anteriormente,
autorización administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública aportando el correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de

BOCM-20241015-62

Dirección General de Política Energética y Minas