B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “INFANTA LEONOR” (BOCM-20241015-28)
Convocatoria puesto – Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Leonor”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Endocrinología y Nutrición en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 201
rácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los
cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, la Directora Gerente podrá revocar los nombramientos provisionales que haya expedido.
3. Si el/la facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria
del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una
comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario “Infanta Leonor”.
4. Si el/la facultativo/a designado estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid de la
Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de
sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Dado en Madrid, a 26 de septiembre de 2024.—La Directora-Gerente del Hospital
Universitario “Infanta Leonor”, Carmen Pantoja Zarza.
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
(Aprobado por la Comisión Mixta de la J. T. A. el 4 de marzo de 2022, plazas de
Jefes de Servicio y Sección)
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el auto-baremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos de los méritos alegados tal y
como dispone la Base Cuarta de la Convocatoria.
1.1. Grado de suficiencia investigadora, examen de Grado o Tesina: 1 punto.
— Si se ha obtenido la calificación de Sobresaliente. Se añadirá: 0,50 puntos.
1.2. Estudios de Doctorado:
— Por cada sobresaliente: 0,50 puntos.
La puntuación final de este apartado resultará de dividir la suma de puntos por el número total de asignaturas realizadas (máximo 0,5 puntos).
1.3. Grado de Doctor: 2 puntos:
— Si el Doctorado se ha obtenido con Sobresaliente o “Cum Laude”. Se añadirá
0,50 puntos.
— Si el Doctorado se ha obtenido con Premio Extraordinario. Se añadirá 0,50 puntos.
1.4. Formación especializada:
a) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período de formación completo
como residentes en hospitales con programa acreditado MIR, en la especialidad
de que se trate, o su equivalente para titulados superiores: 5 puntos.
b) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como
residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgra-
BOCM-20241015-28
1. Formación universitaria y especializada
B.O.C.M. Núm. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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rácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los
cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.
2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe
de la Junta Técnica Asistencial, la Directora Gerente podrá revocar los nombramientos provisionales que haya expedido.
3. Si el/la facultativo/a designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria
del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una
comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003 del Estatuto Marco, al
Hospital Universitario “Infanta Leonor”.
4. Si el/la facultativo/a designado estuviera adscrito/a a otro Servicio de Salud o
Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.
Novena
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS de la Comunidad de Madrid de la
Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de
sus intereses a través del siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Dado en Madrid, a 26 de septiembre de 2024.—La Directora-Gerente del Hospital
Universitario “Infanta Leonor”, Carmen Pantoja Zarza.
ANEXO I
BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
(Aprobado por la Comisión Mixta de la J. T. A. el 4 de marzo de 2022, plazas de
Jefes de Servicio y Sección)
Los aspirantes deberán aportar debidamente cumplimentado, el auto-baremo incluido
al final de este Anexo, así como los documentos acreditativos de los méritos alegados tal y
como dispone la Base Cuarta de la Convocatoria.
1.1. Grado de suficiencia investigadora, examen de Grado o Tesina: 1 punto.
— Si se ha obtenido la calificación de Sobresaliente. Se añadirá: 0,50 puntos.
1.2. Estudios de Doctorado:
— Por cada sobresaliente: 0,50 puntos.
La puntuación final de este apartado resultará de dividir la suma de puntos por el número total de asignaturas realizadas (máximo 0,5 puntos).
1.3. Grado de Doctor: 2 puntos:
— Si el Doctorado se ha obtenido con Sobresaliente o “Cum Laude”. Se añadirá
0,50 puntos.
— Si el Doctorado se ha obtenido con Premio Extraordinario. Se añadirá 0,50 puntos.
1.4. Formación especializada:
a) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período de formación completo
como residentes en hospitales con programa acreditado MIR, en la especialidad
de que se trate, o su equivalente para titulados superiores: 5 puntos.
b) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como
residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgra-
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1. Formación universitaria y especializada