C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241015-34)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la UTE Valoriza Gestyona Pinto (código número 28103311012022)
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BOCM
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 246
CONVENIO COLECTIVO DE LA UTE VALORIZA-GESTYONA
PARA LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA
DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE PINTO
PREÁMBULO
La negociación del presente acuerdo ha sido efectuada de forma única y global.
El presente convenio establece el marco de relaciones jurídicas, económicas, laborales y sindicales,
quedando expresamente derogado en su integridad todo lo pactado anteriormente.
Ambas partes, mientras dure la vigencia de este acuerdo, se comprometen a no modificar sus
términos con reivindicaciones que afecten a lo aquí pactado. Los conflictos de interpretación se
encauzarán a través de las Comisiones Paritarias que se establecen en el presente acuerdo.
DISPOSICIÓN GENERAL
GARANTIZAR LA IGUALDAD DE TRATO, OPORTUNIDADES Y DERECHOS ENTRE MUJERES
Y HOMBRES, TRABAJADORES DE LA U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO.
En nuestro país, se ha dado un importante paso en la consecución de la igualdad legal entre mujeres
y hombres, y si bien es importante reconocerlo, también lo es el hacer visible que aún queda mucho
camino por recorrer para que la igualdad de trato sea una realidad.
El presente texto quiere contribuir a luchar por el derecho a la igualdad entre las personas
trabajadoras y las trabajadoras.
El objeto de este Convenio es que entre todas las personas que trabajamos en la U.T.E. VALORIZAGESTYONA PINTO, logremos establecer las mejores condiciones laborales posibles, garantizando
nuestros derechos y articulando nuestros deberes desde los valores de solidaridad y justicia. La
igualdad entre los sexos es un principio inseparable de todo ello. Ser hombre o ser mujer no debe
implicar la supremacía de los unos sobre las otras, ni desde las relaciones de jefatura, ni desde las
relaciones entre miembros de equipos de igual categoría.
Igualmente, el presente Convenio aplicará de forma inmediata todas aquellas medidas establecidas
por Ley que afecten y regulen las relaciones laborales respecto a la igualdad entre los sexos,
especialmente las relativas al ámbito de la violencia de género.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
Se declaran como objetivos básicos de este CONVENIO COLECTIVO, entre las personas
trabajadoras y la U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO, los siguientes:
— Respetar los Derechos de las personas trabajadoras en el marco de la Legislación laboral Vigente.
— Potenciar la Formación para facilitar el acceso a la promoción y mejora de las condiciones
laborales, así como de la promoción y mejora de la competitividad en los Servicios que presta
U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO.
— Establecer los criterios que permitan aportar mejoras sociales a las personas trabajadoras,
permitiendo el acceso de los mismos a ayudas en escenarios concretos, según lo establecido
en el presente convenio.
— Mejorar y potenciar la calidad en todos los Servicios de la Empresa, como única herramienta
que da visibilidad al cliente final de la Empresa, el ciudadano del municipio de Pinto; todos
los empleados deben estar involucrados en dinámicas que ayuden a mejorar las actuaciones
en las labores que realizan.
— Proceder a establecer fórmulas que ayuden a reducir, en la medida de lo posible, el absentismo laboral.
— Crear a partir del convenio, pautas en materia de prevención de riesgos laborales, derecho
adquirido por La persona trabajadora, para todos los puestos de trabajo, permitiendo que las
labores se desarrollen respetando la legislación de Prevención vigente, y aportando
seguridad y confianza para La persona trabajadora y los Ciudadanos del Municipio.
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
SECCIÓN PRIMERA
Ámbito
Artículo 1.o
Partes firmantes
El presente Convenio se ha suscrito entre la U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO y los representantes de las personas trabajadoras de las centrales sindicales Comisiones Obreras (CCOO), la
BOCM-20241015-34
Pág. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 246
CONVENIO COLECTIVO DE LA UTE VALORIZA-GESTYONA
PARA LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA
DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE PINTO
PREÁMBULO
La negociación del presente acuerdo ha sido efectuada de forma única y global.
El presente convenio establece el marco de relaciones jurídicas, económicas, laborales y sindicales,
quedando expresamente derogado en su integridad todo lo pactado anteriormente.
Ambas partes, mientras dure la vigencia de este acuerdo, se comprometen a no modificar sus
términos con reivindicaciones que afecten a lo aquí pactado. Los conflictos de interpretación se
encauzarán a través de las Comisiones Paritarias que se establecen en el presente acuerdo.
DISPOSICIÓN GENERAL
GARANTIZAR LA IGUALDAD DE TRATO, OPORTUNIDADES Y DERECHOS ENTRE MUJERES
Y HOMBRES, TRABAJADORES DE LA U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO.
En nuestro país, se ha dado un importante paso en la consecución de la igualdad legal entre mujeres
y hombres, y si bien es importante reconocerlo, también lo es el hacer visible que aún queda mucho
camino por recorrer para que la igualdad de trato sea una realidad.
El presente texto quiere contribuir a luchar por el derecho a la igualdad entre las personas
trabajadoras y las trabajadoras.
El objeto de este Convenio es que entre todas las personas que trabajamos en la U.T.E. VALORIZAGESTYONA PINTO, logremos establecer las mejores condiciones laborales posibles, garantizando
nuestros derechos y articulando nuestros deberes desde los valores de solidaridad y justicia. La
igualdad entre los sexos es un principio inseparable de todo ello. Ser hombre o ser mujer no debe
implicar la supremacía de los unos sobre las otras, ni desde las relaciones de jefatura, ni desde las
relaciones entre miembros de equipos de igual categoría.
Igualmente, el presente Convenio aplicará de forma inmediata todas aquellas medidas establecidas
por Ley que afecten y regulen las relaciones laborales respecto a la igualdad entre los sexos,
especialmente las relativas al ámbito de la violencia de género.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
Se declaran como objetivos básicos de este CONVENIO COLECTIVO, entre las personas
trabajadoras y la U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO, los siguientes:
— Respetar los Derechos de las personas trabajadoras en el marco de la Legislación laboral Vigente.
— Potenciar la Formación para facilitar el acceso a la promoción y mejora de las condiciones
laborales, así como de la promoción y mejora de la competitividad en los Servicios que presta
U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO.
— Establecer los criterios que permitan aportar mejoras sociales a las personas trabajadoras,
permitiendo el acceso de los mismos a ayudas en escenarios concretos, según lo establecido
en el presente convenio.
— Mejorar y potenciar la calidad en todos los Servicios de la Empresa, como única herramienta
que da visibilidad al cliente final de la Empresa, el ciudadano del municipio de Pinto; todos
los empleados deben estar involucrados en dinámicas que ayuden a mejorar las actuaciones
en las labores que realizan.
— Proceder a establecer fórmulas que ayuden a reducir, en la medida de lo posible, el absentismo laboral.
— Crear a partir del convenio, pautas en materia de prevención de riesgos laborales, derecho
adquirido por La persona trabajadora, para todos los puestos de trabajo, permitiendo que las
labores se desarrollen respetando la legislación de Prevención vigente, y aportando
seguridad y confianza para La persona trabajadora y los Ciudadanos del Municipio.
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
SECCIÓN PRIMERA
Ámbito
Artículo 1.o
Partes firmantes
El presente Convenio se ha suscrito entre la U.T.E. VALORIZA-GESTYONA PINTO y los representantes de las personas trabajadoras de las centrales sindicales Comisiones Obreras (CCOO), la
BOCM-20241015-34
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