San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20241014-103)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 625
Decimocuarta. Actualización de cuotas.—Con posterioridad a la constitución de la
Junta y hasta la aprobación del Proyecto de Reparcelación y por causas diversas, legal o estatutariamente previstas (expropiaciones por no incorporación o por incumplimiento, compensaciones en metálico, o cualesquiera otras que modifiquen las proporciones tenidas en
cuenta), las cuotas de participación podrán ser revisadas para su debida actualización.
El Consejo Rector, cuando concurra alguna de las circunstancias indicadas, procederá
a calcular las nuevas cuotas resultantes actualizadas, que entrarán en vigor desde el mismo
momento de su aprobación por la Asamblea General.
Decimoquinta. Contratación de obras.—Para la ejecución de las obras de urbanización, la Junta de Compensación en Asamblea General contratará la ejecución de la obra urbanizadora decidiendo la Asamblea el procedimiento.
DISPOSICIÓN ADICIONAL COMÚN A LOS ESTATUTOS
Y BASES DE ACTUACIÓN
BOCM-20241014-103
Con carácter supletorio y, en tanto no se promulguen Reglamentos de desarrollo de la
Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid de 17 de julio de 2001, será de aplicación, en lo
procedente y no previsto en los Estatutos y Bases de Actuación precedentes, el Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978.
San Lorenzo de El Escorial, a 19 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, Carlota
López Esteban.
(02/15.181/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 625
Decimocuarta. Actualización de cuotas.—Con posterioridad a la constitución de la
Junta y hasta la aprobación del Proyecto de Reparcelación y por causas diversas, legal o estatutariamente previstas (expropiaciones por no incorporación o por incumplimiento, compensaciones en metálico, o cualesquiera otras que modifiquen las proporciones tenidas en
cuenta), las cuotas de participación podrán ser revisadas para su debida actualización.
El Consejo Rector, cuando concurra alguna de las circunstancias indicadas, procederá
a calcular las nuevas cuotas resultantes actualizadas, que entrarán en vigor desde el mismo
momento de su aprobación por la Asamblea General.
Decimoquinta. Contratación de obras.—Para la ejecución de las obras de urbanización, la Junta de Compensación en Asamblea General contratará la ejecución de la obra urbanizadora decidiendo la Asamblea el procedimiento.
DISPOSICIÓN ADICIONAL COMÚN A LOS ESTATUTOS
Y BASES DE ACTUACIÓN
BOCM-20241014-103
Con carácter supletorio y, en tanto no se promulguen Reglamentos de desarrollo de la
Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid de 17 de julio de 2001, será de aplicación, en lo
procedente y no previsto en los Estatutos y Bases de Actuación precedentes, el Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de agosto de 1978.
San Lorenzo de El Escorial, a 19 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, Carlota
López Esteban.
(02/15.181/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791