D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-29)
Convenio – Convenio de 27 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pinto, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de Oficina de Rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I” en el municipio de Pinto, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pinto como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
Pág. 458
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 245
El objeto de subvención es la rehabilitación de edificios de viviendas del ERRP “Pinto. Fase I” de Pinto, de acuerdo con los requisitos exigidos en el Real Decreto 853/2021.
La cuantía final de la subvención se determinará en función del número de viviendas
realmente rehabilitadas que cumplan el objeto de la subvención, siguiendo los criterios de
cuantía máxima de ayuda y porcentaje máximo de subvención establecidos en el artículo 15
del Real Decreto 853/2021.
Los particulares aportarán la cantidad de 1.876.994,11 euros, a lo largo de las anualidades que correspondan, en función del grado de ejecución de las actuaciones».
Los créditos que se otorgarán al Ayuntamiento de Pinto por el procedimiento de adjudicación directa ascienden a un importe total de 4.999.815,05 euros, correspondientes a las
subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas, para la financiación de las obras
de urbanización o reurbanización de espacios públicos y para sufragar la constitución de las
oficinas de rehabilitación con la distribución señalada en el citado Acuerdo de Comisión Bilateral, de 19 de marzo de 2024.
Desde el punto de vista presupuestario, los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el 2023 y, en concreto, el Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” incluyen las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado un gasto con cargo al
Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” que incluye las dotaciones suficientes para
acometer los objetivos programados. Así, en el subconcepto 78405 “subvenciones rehabilitación de viviendas”, del Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2023, existe crédito por importe de 4.999.815,05
euros, correspondiente al proyecto de gasto 2024/000734 relativo al Entorno Residencial de
Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto.
De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 19 de marzo de 2024, “La Comisión Bilateral de Seguimiento podrá realizar
las modificaciones en el presente acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades
que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre”.
Por tanto, cualquier modificación acordada por la Comisión Bilateral de seguimiento
que afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Quinta
El apartado cuarto del referido Acuerdo número 22 de Comisión Bilateral, de 19 de
marzo de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Pinto, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto, señala que «La concesión
de las ayudas para las actuaciones en el ERRP “Pinto. Fase I” se realizará mediante el procedimiento de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto por parte de la Comunidad de
Madrid.
El Ayuntamiento de Pinto concederá las subvenciones para las actuaciones de mejora
o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo únicamente a la fecha de presentación
de las mismas, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria.
El Ayuntamiento de Pinto actuará, asimismo, como ente gestor de las actuaciones del
ERRP y prestará los servicios de oficina de rehabilitación, para facilitar la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas, realizará las obras de reurbanización y la gestión
de las ayudas para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda.
Se acredita por parte del ayuntamiento el uso público de los espacios libres incluidos
en la delimitación de este ERRP de titularidad privada».
El Ayuntamiento de Pinto deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa específica aplicable, los requisitos y obligaciones que se especifican en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Capítulo II, de conformidad con lo que se establece en la normativa estatal y autonómica en materia
de subvenciones.
BOCM-20241014-29
Obligaciones del Ayuntamiento de Pinto
Pág. 458
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 245
El objeto de subvención es la rehabilitación de edificios de viviendas del ERRP “Pinto. Fase I” de Pinto, de acuerdo con los requisitos exigidos en el Real Decreto 853/2021.
La cuantía final de la subvención se determinará en función del número de viviendas
realmente rehabilitadas que cumplan el objeto de la subvención, siguiendo los criterios de
cuantía máxima de ayuda y porcentaje máximo de subvención establecidos en el artículo 15
del Real Decreto 853/2021.
Los particulares aportarán la cantidad de 1.876.994,11 euros, a lo largo de las anualidades que correspondan, en función del grado de ejecución de las actuaciones».
Los créditos que se otorgarán al Ayuntamiento de Pinto por el procedimiento de adjudicación directa ascienden a un importe total de 4.999.815,05 euros, correspondientes a las
subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas, para la financiación de las obras
de urbanización o reurbanización de espacios públicos y para sufragar la constitución de las
oficinas de rehabilitación con la distribución señalada en el citado Acuerdo de Comisión Bilateral, de 19 de marzo de 2024.
Desde el punto de vista presupuestario, los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el 2023 y, en concreto, el Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” incluyen las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado un gasto con cargo al
Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” que incluye las dotaciones suficientes para
acometer los objetivos programados. Así, en el subconcepto 78405 “subvenciones rehabilitación de viviendas”, del Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2023, existe crédito por importe de 4.999.815,05
euros, correspondiente al proyecto de gasto 2024/000734 relativo al Entorno Residencial de
Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto.
De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 19 de marzo de 2024, “La Comisión Bilateral de Seguimiento podrá realizar
las modificaciones en el presente acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades
que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre”.
Por tanto, cualquier modificación acordada por la Comisión Bilateral de seguimiento
que afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Quinta
El apartado cuarto del referido Acuerdo número 22 de Comisión Bilateral, de 19 de
marzo de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Pinto, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto, señala que «La concesión
de las ayudas para las actuaciones en el ERRP “Pinto. Fase I” se realizará mediante el procedimiento de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto por parte de la Comunidad de
Madrid.
El Ayuntamiento de Pinto concederá las subvenciones para las actuaciones de mejora
o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo únicamente a la fecha de presentación
de las mismas, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria.
El Ayuntamiento de Pinto actuará, asimismo, como ente gestor de las actuaciones del
ERRP y prestará los servicios de oficina de rehabilitación, para facilitar la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas, realizará las obras de reurbanización y la gestión
de las ayudas para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda.
Se acredita por parte del ayuntamiento el uso público de los espacios libres incluidos
en la delimitación de este ERRP de titularidad privada».
El Ayuntamiento de Pinto deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa específica aplicable, los requisitos y obligaciones que se especifican en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Capítulo II, de conformidad con lo que se establece en la normativa estatal y autonómica en materia
de subvenciones.
BOCM-20241014-29
Obligaciones del Ayuntamiento de Pinto