D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-29)
Convenio – Convenio de 27 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Pinto, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de Oficina de Rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I” en el municipio de Pinto, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Pinto como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 245
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 457
de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación,
el que resulte superior. El importe de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto
para la tramitación y gestión de esta línea de ayudas será de 4.127.665,26 euros.
b) Para financiar el coste de las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico: se destinará como máximo un 15 % sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda que correspondan de acuerdo con las actuaciones de
rehabilitación realizadas en el ERRP, atendiendo al alcance del nivel de mejora de
eficiencia energética establecido en la tabla anterior.
Esta cuantía no podrá superar, en el conjunto del ERRP, el 100 % de los costes de
las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico.
El importe estimado de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto para la ejecución de estas actuaciones será de 619.149,79 euros, subordinado a la cuantía de
ayudas por vivienda finalmente ejecutadas.
c) Hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada para financiar el establecimiento de servicios de equipos técnicos, tipo “ventanilla única” que facilite la
gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP, correspondientes al coste de gestión y de los equipos y oficinas de planeamiento, información y acompañamiento social, incluso costes de redacción de documentos técnicos, con el límite del 100 % de los costes de dicha oficina que consten
debidamente acreditados.
El importe estimado de la concesión directa al Ayuntamiento de Pinto para estas actuaciones ascienda a 253.000,00 euros, subordinado al número de viviendas efectivamente
rehabilitadas.
2. Se considerarán gastos subvencionables los establecidos en el artículo 14.2 del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en concreto, aquellos gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de actuaciones anteriores, incluyendo los de la gestión inherente al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados, los de honorarios de los profesionales intervinientes, los de redacción de los proyectos y dirección de obra, certificados e informes
técnicos, los derivados de la tramitación administrativa, actuaciones de realojo temporal de
ocupantes, acompañamiento social y otras similares, vinculadas a las actuaciones de desarrollo del ERRP. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias,
tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán
ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o
compensación total o parcial.
Cuarta
Financiación de las actuaciones
El apartado tercero del referido Acuerdo número 22 de Comisión Bilateral, de 19 de
marzo de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Pinto, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto, establece
que «La financiación de las actuaciones se realizará conforme a lo establecido a continuación, fijándose las anualidades correspondientes a las distintas aportaciones.
Con cargo a los fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, mediante la resolución de transferencia de fecha 26 de octubre de 2021 y
de 28 de octubre de 2022, se financiará dentro del “Programa de ayuda a las actuaciones de
rehabilitación a nivel de barrio” (Programa 1), hasta un máximo de 4.999.815,05 euros de
los costes incluidos en la inversión subvencionable correspondiente a este programa, con el
siguiente desglose:
Ayuda base
3.841.928,59 €
Retirada de amianto
94.000,00 €
Incremento por vulnerabilidad
191.736,67 €
Regeneración urbana
619.149,79 €
Oficina de Rehabilitación
253.000,00 €
TOTAL
4.999.815,05 €
BOCM-20241014-29
Rehabilitación edificatoria
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 245
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 457
de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación,
el que resulte superior. El importe de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto
para la tramitación y gestión de esta línea de ayudas será de 4.127.665,26 euros.
b) Para financiar el coste de las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico: se destinará como máximo un 15 % sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda que correspondan de acuerdo con las actuaciones de
rehabilitación realizadas en el ERRP, atendiendo al alcance del nivel de mejora de
eficiencia energética establecido en la tabla anterior.
Esta cuantía no podrá superar, en el conjunto del ERRP, el 100 % de los costes de
las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico.
El importe estimado de concesión directa al Ayuntamiento de Pinto para la ejecución de estas actuaciones será de 619.149,79 euros, subordinado a la cuantía de
ayudas por vivienda finalmente ejecutadas.
c) Hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada para financiar el establecimiento de servicios de equipos técnicos, tipo “ventanilla única” que facilite la
gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP, correspondientes al coste de gestión y de los equipos y oficinas de planeamiento, información y acompañamiento social, incluso costes de redacción de documentos técnicos, con el límite del 100 % de los costes de dicha oficina que consten
debidamente acreditados.
El importe estimado de la concesión directa al Ayuntamiento de Pinto para estas actuaciones ascienda a 253.000,00 euros, subordinado al número de viviendas efectivamente
rehabilitadas.
2. Se considerarán gastos subvencionables los establecidos en el artículo 14.2 del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en concreto, aquellos gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de actuaciones anteriores, incluyendo los de la gestión inherente al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados, los de honorarios de los profesionales intervinientes, los de redacción de los proyectos y dirección de obra, certificados e informes
técnicos, los derivados de la tramitación administrativa, actuaciones de realojo temporal de
ocupantes, acompañamiento social y otras similares, vinculadas a las actuaciones de desarrollo del ERRP. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias,
tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán
ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o
compensación total o parcial.
Cuarta
Financiación de las actuaciones
El apartado tercero del referido Acuerdo número 22 de Comisión Bilateral, de 19 de
marzo de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Pinto, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Pinto. Fase I”, en el municipio de Pinto, establece
que «La financiación de las actuaciones se realizará conforme a lo establecido a continuación, fijándose las anualidades correspondientes a las distintas aportaciones.
Con cargo a los fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, mediante la resolución de transferencia de fecha 26 de octubre de 2021 y
de 28 de octubre de 2022, se financiará dentro del “Programa de ayuda a las actuaciones de
rehabilitación a nivel de barrio” (Programa 1), hasta un máximo de 4.999.815,05 euros de
los costes incluidos en la inversión subvencionable correspondiente a este programa, con el
siguiente desglose:
Ayuda base
3.841.928,59 €
Retirada de amianto
94.000,00 €
Incremento por vulnerabilidad
191.736,67 €
Regeneración urbana
619.149,79 €
Oficina de Rehabilitación
253.000,00 €
TOTAL
4.999.815,05 €
BOCM-20241014-29
Rehabilitación edificatoria