D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241014-28)
Convenio – Convenio de 24 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Torrepista. Fase I” en el municipio de Torrejón de Ardoz, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 417
El objeto de subvención es la rehabilitación de edificios de viviendas del ERRP
“Barrio de Torrepista. Fase I” de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con los requisitos exigidos en el Real Decreto 853/2021.
La cuantía final de la subvención se determinará en función del número de viviendas realmente rehabilitadas que cumplan el objeto de la subvención, siguiendo los
criterios de cuantía máxima de ayuda y porcentaje máximo de subvención establecidos en el artículo 15 del Real Decreto 853/2021.
— Los particulares aportarán la cantidad de 1.876.994,11 euros, a lo largo de las anualidades que correspondan, en función del grado de ejecución de las actuaciones.”
Los créditos que se otorgarán al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz por el procedimiento de adjudicación directa ascienden a un importe total de 3.519.250,00 euros, correspondientes a las subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas, para la financiación de las obras de urbanización o reurbanización de espacios públicos y para
sufragar la constitución de las oficinas de rehabilitación con la distribución señalada en el
citado Acuerdo de Comisión Bilateral, de 6 de junio de 2024.
Desde el punto de vista presupuestario, los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el 2024 y, en concreto, el Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” incluyen las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado un gasto con cargo al Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” que incluye las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados. Así, en el subconcepto 78405 “subvenciones rehabilitación de
viviendas”, del Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” del Presupuesto de Gastos de la
Comunidad de Madrid del año 2024, existe crédito por importe de 3.519.250,00 euros, correspondiente al proyecto de gasto 2024/000821 relativo al Entorno Residencial de Rehabilitación
Programada de “Barrio de Torrepista. Fase I”, en el municipio de Torrejón de Ardoz.
De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo de la Comisión Bilateral
de fecha 6 de junio de 2024, “La Comisión Bilateral de Seguimiento podrá realizar las modificaciones en el presente acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades que pudieran
producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.”
Por tanto, cualquier modificación acordada por la Comisión Bilateral de seguimiento que
afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la
modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Quinta
El apartado cuarto del referido Acuerdo número 32 de Comisión Bilateral, de 6 de junio de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, la Comunidad de Madrid
y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de
Rehabilitación Programada de “Barrio de Torrepista. Fase I”, en el municipio de Torrejón
de Ardoz, señala que “La concesión de las ayudas para actuaciones de rehabilitación del
ERRP “Barrio de Torrepista. Fase I” se realizará mediante el procedimiento de concesión
directa al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz concederá las subvenciones para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda
mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo únicamente a la fecha de presentación de las mismas, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria.
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz actuará asimismo como ente gestor de las actuaciones del ERRP y prestará los servicios de oficina de rehabilitación, la cual facilitará la gestión y el
desarrollo de las actuaciones programadas y la gestión de las ayudas para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda.”
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa específica aplicable, los requisitos y obligaciones que se especifican en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Capítulo II, de conformidad con lo que se establece en la normativa estatal y autonómica en materia
de subvenciones.
b) Cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR), con la normativa
BOCM-20241014-28
Obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
B.O.C.M. Núm. 245
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 417
El objeto de subvención es la rehabilitación de edificios de viviendas del ERRP
“Barrio de Torrepista. Fase I” de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con los requisitos exigidos en el Real Decreto 853/2021.
La cuantía final de la subvención se determinará en función del número de viviendas realmente rehabilitadas que cumplan el objeto de la subvención, siguiendo los
criterios de cuantía máxima de ayuda y porcentaje máximo de subvención establecidos en el artículo 15 del Real Decreto 853/2021.
— Los particulares aportarán la cantidad de 1.876.994,11 euros, a lo largo de las anualidades que correspondan, en función del grado de ejecución de las actuaciones.”
Los créditos que se otorgarán al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz por el procedimiento de adjudicación directa ascienden a un importe total de 3.519.250,00 euros, correspondientes a las subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas, para la financiación de las obras de urbanización o reurbanización de espacios públicos y para
sufragar la constitución de las oficinas de rehabilitación con la distribución señalada en el
citado Acuerdo de Comisión Bilateral, de 6 de junio de 2024.
Desde el punto de vista presupuestario, los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para el 2024 y, en concreto, el Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” incluyen las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados.
Para llevar a cabo las actuaciones programadas se ha aprobado un gasto con cargo al Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” que incluye las dotaciones suficientes para acometer los objetivos programados. Así, en el subconcepto 78405 “subvenciones rehabilitación de
viviendas”, del Programa 261A “Vivienda y Rehabilitación” del Presupuesto de Gastos de la
Comunidad de Madrid del año 2024, existe crédito por importe de 3.519.250,00 euros, correspondiente al proyecto de gasto 2024/000821 relativo al Entorno Residencial de Rehabilitación
Programada de “Barrio de Torrepista. Fase I”, en el municipio de Torrejón de Ardoz.
De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo de la Comisión Bilateral
de fecha 6 de junio de 2024, “La Comisión Bilateral de Seguimiento podrá realizar las modificaciones en el presente acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades que pudieran
producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.”
Por tanto, cualquier modificación acordada por la Comisión Bilateral de seguimiento que
afecte al número de viviendas o a la financiación de las diferentes actuaciones, supondrá la
modificación de las cláusulas de este Convenio que se vean afectadas por la misma.
Quinta
El apartado cuarto del referido Acuerdo número 32 de Comisión Bilateral, de 6 de junio de 2024, suscrito por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, la Comunidad de Madrid
y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, correspondiente al Entorno Residencial de
Rehabilitación Programada de “Barrio de Torrepista. Fase I”, en el municipio de Torrejón
de Ardoz, señala que “La concesión de las ayudas para actuaciones de rehabilitación del
ERRP “Barrio de Torrepista. Fase I” se realizará mediante el procedimiento de concesión
directa al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz concederá las subvenciones para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda
mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, atendiendo únicamente a la fecha de presentación de las mismas, siempre que cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria.
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz actuará asimismo como ente gestor de las actuaciones del ERRP y prestará los servicios de oficina de rehabilitación, la cual facilitará la gestión y el
desarrollo de las actuaciones programadas y la gestión de las ayudas para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda.”
El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Cumplir la normativa específica aplicable, los requisitos y obligaciones que se especifican en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Capítulo II, de conformidad con lo que se establece en la normativa estatal y autonómica en materia
de subvenciones.
b) Cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR), con la normativa
BOCM-20241014-28
Obligaciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz