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Convenio –  Convenio de 23 de septiembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Universidad Complutense de Madrid para el uso de equipos y conocimientos técnicos específicos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 245

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
37

CONVENIO de 23 de septiembre de 2024, de colaboración entre la Comunidad
de Madrid (Consejeria de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Universidad Complutense de Madrid para el uso de equipos y conocimientos técnicos
específicos.

De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en virtud del Decreto 140/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y
la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 72, de 25 de marzo de 2024).
Y de otra parte, D. José María Coello de Portugal Martínez del Peral, Vicerrector de
Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrado por Decreto Rectoral 41/2023, de 28 de junio y actuando por delegación del Rector según el artículo 13.3.m)
del Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de
la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa,
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2023.
Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas reconociéndose recíprocamente, capacidades
para obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto

I. La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior a través de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación tiene entre sus competencias la vigilancia, control y erradicación de las enfermedades de los animales y plantas, el movimiento pecuario y de material vegetal, control higiénico sanitario de las producciones en origen, así
como el control de subproductos en explotación y transporte, plantas de transformación y lodos de depuradora de uso agrario en virtud del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. El Laboratorio Regional de Sanidad Animal (en lo sucesivo LRSA), adscrito a esta Dirección General, cuenta con una Unidad de Genómica que
posibilita el desarrollo de las actividades de secuenciación total y parcial del genoma de microorganismos, de importancia en la obtención de la información necesaria para el adecuado seguimiento epidemiológico de las enfermedades de los animales y brotes zoonóticos.
II. El artículo 3 de los Estatutos de la UCM, aprobados por Decreto 32/2017, de 21
de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2017), establece entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión,
la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico, la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación continuada, así como favorecer el intercambio científico, la movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los pueblos, que podrán
articularse mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción
y desarrollo de sus fines institucionales.
III. El Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria de la Universidad Complutense
(VISAVET-UCM) necesita de secuenciadores para el estudio de genes específicos presentes en bacterias del cepario del Centro y el LRSA necesita del análisis bioinformático de los
datos que obtiene tras la secuenciación. A su vez, en un futuro, podría existir interés por

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