D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241012-10)
Convenio – Convenio de 12 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, para el desarrollo de los Proyectos “Prescripción Municipal de Ejercicio Físico Ayuntamiento de Perales de Tajuña con Punto Activo” y “Cross Training Kids Perales de Tajuña. Prevención Sedentarismo en Preadolescentes y Adolescentes” en el marco de la IX edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 71
Proyecto “Cross Training Kids Perales de Tajuña. Prevención Sedentarismo en Preadolescentes y Adolescentes”.
Este proyecto tiene como objetivo prevenir el sedentarismo, y luchar contra la obesidad en los jóvenes preadolescentes y adolescentes de Perales de Tajuña, a través de la iniciación a la actividad física, utilizando métodos de entrenamiento actuales, siempre en un
ambiente lúdico y motivador.
Se organizarán dos grupos diferenciados por edades, uno de 10 a 13 años, y otro de 14
a 17 años.
La actividad consistirá en:
— Principalmente, dos clases de una hora de duración a la semana, de octubre a junio.
Las sesiones se llevarán a cabo para acercar a los alumnos a la actividad física por
medio de entrenamientos sin cargas adicionales, pero trabajando de una manera
funcional y lúdica que pueda motivar a los participantes a continuar con la actividad y a adquirir unos hábitos más saludables.
— Se organizarán charlas del ámbito de la salud para que los jóvenes puedan tener información que les facilite la adquisición de esos hábitos saludables.
— Se propondrá una serie de salidas para realizar rutas de senderismo o bicicleta,
para que puedan conocer otro tipo de actividades físicas que se pueden realizar en
nuestro entorno y donde, además socializarán con el resto del grupo.
— Se mantendrá una comunicación y colaboración con el centro educativo del municipio, con la concejalía de juventud y educación del propio ayuntamiento y con las
asociaciones de jóvenes existentes.
— Se colaborará con los municipios colindantes para realizar eventos puntuales para
que los participantes conozcan y se relacionen con otros jóvenes de la zona a través de la práctica de la actividad física.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 15.935,81 euros, correspondiendo la cantidad de 10.269,72 euros al Proyecto “Prescripción Municipal de
Ejercicio Físico Ayuntamiento de Perales de Tajuña con Punto Activo” y la cantidad de 5.666,09 euros al Proyecto “Cross Training Kids Perales de Tajuña. Prevención sedentarismo en preadolescentes y adolescentes”; todo ello de acuerdo
con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la
orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 87,49 % del total
del coste ajustado del Proyecto “Prescripción Municipal de Ejercicio Físico Ayuntamiento de Perales de Tajuña con Punto Activo”, cuya estimación asciende
a 11.738,01 euros y el 90,00 % del total del coste ajustado del proyecto “Cross
Training Kids Perales de Tajuña. Prevención sedentarismo en preadolescentes y
adolescentes”, cuya estimación asciende a 6.295,65 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de
las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el periodo previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
BOCM-20241012-10
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 12 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 71
Proyecto “Cross Training Kids Perales de Tajuña. Prevención Sedentarismo en Preadolescentes y Adolescentes”.
Este proyecto tiene como objetivo prevenir el sedentarismo, y luchar contra la obesidad en los jóvenes preadolescentes y adolescentes de Perales de Tajuña, a través de la iniciación a la actividad física, utilizando métodos de entrenamiento actuales, siempre en un
ambiente lúdico y motivador.
Se organizarán dos grupos diferenciados por edades, uno de 10 a 13 años, y otro de 14
a 17 años.
La actividad consistirá en:
— Principalmente, dos clases de una hora de duración a la semana, de octubre a junio.
Las sesiones se llevarán a cabo para acercar a los alumnos a la actividad física por
medio de entrenamientos sin cargas adicionales, pero trabajando de una manera
funcional y lúdica que pueda motivar a los participantes a continuar con la actividad y a adquirir unos hábitos más saludables.
— Se organizarán charlas del ámbito de la salud para que los jóvenes puedan tener información que les facilite la adquisición de esos hábitos saludables.
— Se propondrá una serie de salidas para realizar rutas de senderismo o bicicleta,
para que puedan conocer otro tipo de actividades físicas que se pueden realizar en
nuestro entorno y donde, además socializarán con el resto del grupo.
— Se mantendrá una comunicación y colaboración con el centro educativo del municipio, con la concejalía de juventud y educación del propio ayuntamiento y con las
asociaciones de jóvenes existentes.
— Se colaborará con los municipios colindantes para realizar eventos puntuales para
que los participantes conozcan y se relacionen con otros jóvenes de la zona a través de la práctica de la actividad física.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los proyectos, se obliga a:
a) Realizar la aportación económica máxima total de 15.935,81 euros, correspondiendo la cantidad de 10.269,72 euros al Proyecto “Prescripción Municipal de
Ejercicio Físico Ayuntamiento de Perales de Tajuña con Punto Activo” y la cantidad de 5.666,09 euros al Proyecto “Cross Training Kids Perales de Tajuña. Prevención sedentarismo en preadolescentes y adolescentes”; todo ello de acuerdo
con la evaluación de los proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la
orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 87,49 % del total
del coste ajustado del Proyecto “Prescripción Municipal de Ejercicio Físico Ayuntamiento de Perales de Tajuña con Punto Activo”, cuya estimación asciende
a 11.738,01 euros y el 90,00 % del total del coste ajustado del proyecto “Cross
Training Kids Perales de Tajuña. Prevención sedentarismo en preadolescentes y
adolescentes”, cuya estimación asciende a 6.295,65 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
Proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2025. El coste de
las actividades de 2024 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2025, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para realizar el pago será requisito necesario la previa presentación de la certificación del Interventor del Ayuntamiento en los términos establecidos en la cláusula
siguiente.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el periodo previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que
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Obligaciones de la Comunidad de Madrid