Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241010-82)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 242

II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
82

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga
a Red Eléctrica de España, S. A. U., autorización administrativa de construcción para la ampliación, con una nueva posición, de la subestación La Cereal 400 kV, en el término municipal de Tres Cantos, provincia de Madrid.
Con fecha 21 de noviembre de 2006, la Dirección General de Política Energética y Minas dictó resolución por la que se autoriza a “Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima”
la ampliación de la subestación a 400/220 kV denominada “La Cereal”, en el término municipal de Tres Cantos, en la provincia de Madrid (“Boletín Oficial del Estado” número 288,
de 2 de diciembre de 2006).
Red Eléctrica de España, S. A. U. (en adelante, Red Eléctrica) solicitó, con fecha 29 de
febrero de 2024, autorización administrativa de construcción para la ampliación, con una
nueva posición de salida de línea, de la subestación La Cereal 400 kV, en el término municipal de Tres Cantos, provincia de Madrid.
La actuación tiene como objeto la instalación de una nueva posición de salida de línea
para facilitar el acceso a un agente renovable en la subestación La Cereal 400 kV. La posición contaba previamente con autorización de reserva en la calle 2 del parque de 400 kV de
la citada subestación, con base a la precitada Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 21 de noviembre de 2006.
Red Eléctrica remitió declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y
con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de
mayo, Reguladora del Contrato de Concesión de Obras Públicas, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
La Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid remitió informe en el
que establece condicionado en materia urbanística. Trasladado el informe a Red Eléctrica,
esta respondió que para la instalación es de aplicación lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, Reguladora del
Contrato de Concesión de Obras Públicas, no estando sometida la construcción, modificación y ampliación de este tipo de instalaciones a licencia o cualquier otro acto de control
preventivo municipal. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación
de Red Eléctrica, por lo que se entiende conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibió contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y de la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Comunidad de Madrid, de la que no se desprende oposición. La respuesta
fue trasladada a Red Eléctrica, quien manifestó su conformidad con esta.
Preguntados el Ayuntamiento de Tres Cantos, la Dirección General de Carreteras de
la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de
la Comunidad de Madrid, no se recibió contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de estos en virtud de lo dispuesto en el artículo 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid
emitió informe en relación con la solicitud de autorización administrativa de construcción
del proyecto presentado.
Esta ampliación de la subestación La Cereal 400 kV para integración de renovables se
encuentra incluida en la planificación vigente, “Plan de Desarrollo de la Red de Transporte
de Energía Eléctrica 2021-2026”, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de

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