D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241010-81)
Convenio –  Convenio de 20 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Clúster Audiovisual de Madrid, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 120.000 euros, con destino a la realización del proyecto “Plan de actuación y proyectos del Clúster Audiovisual de Madrid en 2024: Puesta en marcha, estrategia y comunicación” para el año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 242

JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 299

Décima
Protección de datos personales
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Undécima
Vigencia del convenio

BOCM-20241010-81

El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su firma por el último de sus
signatarios hasta el cumplimiento de las obligaciones del beneficiario y, en todo caso, hasta el 1 de marzo de 2025, sin posibilidad de prórroga.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio a fecha de firma.
En Madrid, a 20 de septiembre de 2024.—Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, el Consejero de Cultura Turismo y Deporte, Mariano de Paco Serrano.—Por el Cluster
Audiovisual de Madrid, Raúl Berdonés Montoya.
(03/15.498/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791