D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241010-70)
Convenio – Adenda de 6 de septiembre de 2024, para el curso escolar 2024-2025 de modificación al convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Comunidad de Madrid, para impartir enseñanzas de Formación Profesional en los Centros Docentes Militares de Formación, firmado el 5 de noviembre de 2019 y prorrogado el 4 de abril de 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 259
en cuenta a estos efectos el régimen retributivo aplicable en ese momento en cumplimiento de la Ley de Presupuestos vigente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la adenda
El objeto de esta adenda es determinar, para el curso escolar 2024-2025, las titulaciones de formación profesional a impartir en la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra de Hoyo de Manzanares, el número de profesores necesarios para impartir dichas titulaciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos ocasionados
satisfechos por la Comunidad de Madrid.
Segunda
Titulaciones a impartir
En el Anexo I, que se adjunta a la presente adenda, se determinan las titulaciones a impartir durante el periodo cubierto por esta adenda.
Tercera
Aportaciones de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
de la Comunidad de Madrid
En el Anexo II que se adjunta a la presente adenda, se determina el personal docente
necesario aportado por la Comunidad de Madrid.
Cuarta
Aportaciones del Ministerio de Defensa
Quinta
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgáni-
BOCM-20241010-70
La aportación máxima del Ministerio de Defensa, por el objeto de esta adenda, será de
un millón cuatrocientos cincuenta y un mil veinticinco euros con veintitrés céntimos
(1.451.025,23 euros) de la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450. Transferencias a
CCAA. Formación Escuela de Suboficiales.
De esta cantidad, trescientos un mil trescientos setenta y ocho euros con noventa y cuatro céntimos (301.378,94 euros) serán con cargo al presupuesto de 2024 y un millón ciento cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis euros con veintinueve céntimos
(1.149.646,29 euros) con cargo al presupuesto de 2025.
La transferencia de las cuantías se efectuará, previo reconocimiento de la obligación
por el órgano competente, al finalizar los periodos que indique, en el marco de la comisión
de seguimiento, la Comunidad de Madrid.
A la finalización de cada uno de los períodos, se transferirá la cantidad requerida por
la Comunidad de Madrid. A tal efecto, el Jefe de Estudios del centro certificará el número
y la especialidad de los profesores que impartieron los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad rendirá cuenta justificativa en la que se acredite el profesorado y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que
les sea de aplicación.
La cantidad correspondiente se transferirá mediante ingreso en la cuenta bancaria que
a tal efecto designe la Comunidad de Madrid.
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 259
en cuenta a estos efectos el régimen retributivo aplicable en ese momento en cumplimiento de la Ley de Presupuestos vigente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la adenda
El objeto de esta adenda es determinar, para el curso escolar 2024-2025, las titulaciones de formación profesional a impartir en la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra de Hoyo de Manzanares, el número de profesores necesarios para impartir dichas titulaciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos ocasionados
satisfechos por la Comunidad de Madrid.
Segunda
Titulaciones a impartir
En el Anexo I, que se adjunta a la presente adenda, se determinan las titulaciones a impartir durante el periodo cubierto por esta adenda.
Tercera
Aportaciones de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
de la Comunidad de Madrid
En el Anexo II que se adjunta a la presente adenda, se determina el personal docente
necesario aportado por la Comunidad de Madrid.
Cuarta
Aportaciones del Ministerio de Defensa
Quinta
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgáni-
BOCM-20241010-70
La aportación máxima del Ministerio de Defensa, por el objeto de esta adenda, será de
un millón cuatrocientos cincuenta y un mil veinticinco euros con veintitrés céntimos
(1.451.025,23 euros) de la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450. Transferencias a
CCAA. Formación Escuela de Suboficiales.
De esta cantidad, trescientos un mil trescientos setenta y ocho euros con noventa y cuatro céntimos (301.378,94 euros) serán con cargo al presupuesto de 2024 y un millón ciento cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis euros con veintinueve céntimos
(1.149.646,29 euros) con cargo al presupuesto de 2025.
La transferencia de las cuantías se efectuará, previo reconocimiento de la obligación
por el órgano competente, al finalizar los periodos que indique, en el marco de la comisión
de seguimiento, la Comunidad de Madrid.
A la finalización de cada uno de los períodos, se transferirá la cantidad requerida por
la Comunidad de Madrid. A tal efecto, el Jefe de Estudios del centro certificará el número
y la especialidad de los profesores que impartieron los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad rendirá cuenta justificativa en la que se acredite el profesorado y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que
les sea de aplicación.
La cantidad correspondiente se transferirá mediante ingreso en la cuenta bancaria que
a tal efecto designe la Comunidad de Madrid.