C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241008-15)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 240

MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

LÍNEA

Pág. 63

SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN ACTIVIDADES CONJUNTAS COLEGIOS MAYORES DE MADRID
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERÉS PARA SUS ASOCIADOS, EN LOS AÑOS 2024,
2025 Y 2026.

Objeto

Contribuir a que la sociedad española sea más sensible a los valores humanos desde el ámbito juvenil universitario,
promoviendo la formación y participación de los colegiales a través de actividades de difusión cultural, deportivo y
social.

Beneficiario

Asociación actividades conjuntas Colegios Mayores de Madrid.

Conceptos susceptibles
De ayuda

Actividades como Torneos de Debate Universitario de Colegios en colaboración con el Consejo de Colegios
Mayores de España, cursos, seminarios, certámenes y talleres que fundamenten la adquisición de valores y
competencias en los estudiantes universitarios.

Plazo de ejecución

Ejercicios presupuestarios 2024, 2025 y 2026.

Procedimiento concesión

Concesión directa.

Costes presupuestarios
previsibles

11.400,00 euros por cada ejercicio presupuestario.

Fuente de financiación

Presupuesto de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024 y siguientes. Subconcepto 48031.

Seguimiento y control

Dirección general con competencias en materia de Universidades.

Indicadores

Número de actividades realizadas por la Asociación con cargo a los fondos recibidos.

APARTADO C.- PROGRAMA DE BECAS Y AYUDAS UNIVERSITARIAS DE LA CONSEJERÍA
DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES.
1.

Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del Plan.






2.

Promover económicamente a aquellos estudiantes cuyas circunstancias personales, físicas
o psíquicas, dificultan su acceso, en igualdad con los demás estudiantes, a los niveles de
estudio universitario o de enseñanzas artísticas superiores.
Incentivar a un colectivo de alumnos que, por su aprovechamiento académico excelente,
esté en condiciones de revertir su alta preparación en la sociedad cuando se incorporen
profesionalmente a ella.
Incentivar a un colectivo de alumnos que, por su aprovechamiento académico-deportivo
excelente, esté en condiciones de revertir su alta preparación en la sociedad cuando se
incorporen profesionalmente a ella.
Apoyar a aquellos universitarios que se desplazan a otros países con becas del tipo Erasmus+,
así como a los estudiantes con movilidad interterritorial entre universidades nacionales.
Garantizar el acceso y la permanencia en los estudios universitarios oficiales de grado y
máster a un mayor número de estudiantes que, por dificultades económicas y sociales, estén
en riesgo de abandono de los estudios cursados.

Costes presupuestarios previsibles.

Se establece un escenario de actuaciones para los próximos tres ejercicios presupuestarios y
referido a los cursos académicos que se especifican en el cuadro final.
El gasto previsible destinado a estas ayudas se financiará con cargo a los presupuestos para los
años 2024, 2025 y 2026 conforme a la siguiente distribución de anualidades:
2024

15.576.500 €

2024

15.576.500 €

2025

15.576.500 €
IMPORTE TOTAL

46.729.500 €

Por otro lado, la financiación de las becas socioeconómicas y las becas Erasmus+ tendrán carácter
anual y se financiarán con los créditos correspondientes al ejercicio presupuestario en el que se
inicie el curso académico.
3.

Fuentes de Financiación.

La financiación de las líneas de actuación que se presentan correrá a cargo del crédito que a tal
efecto figure en el programa 322C (Universidades), de los Presupuestos de gastos de la consejería
competente en materia de Universidades para los años 2024, 2025, y 2026.

BOCM-20241008-15

La financiación de las ayudas para alumnos con discapacidad, así como las relativas a las becas de
excelencia académica y excelencia académica deportiva tendrán carácter anual y se aplicarán al
ejercicio correspondiente al año del fin del curso académico.