D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241008-22)
Convenio – Convenio de 19 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local y la Entidad Financiera Caixabank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
22
CONVENIO de 19 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local y la Entidad Financiera Caixabank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales
de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 19 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023),
actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Juan Antonio Peña Peña, Director de Instituciones de Madrid de CaixaBank S.A., actuando en nombre y representación de la misma, según escritura de poder número 1349, de fecha 27 de junio de 2023, otorgada ante la Ilustre Notaria de Colegio de
Barcelona, D.a M.a Dolores Jiménez Arbona y debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Valencia.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria
capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente este documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Comunidad de Madrid tiene la aspiración básica de contribuir a la mejora constante del nivel y condiciones de vida de los habitantes de la región, para lo que entiende
como requisito sustancial el que los municipios de la Comunidad de Madrid cuenten con el
mayor número posible de servicios públicos, tratando de alcanzar no sólo el desempeño
efectivo y eficaz de las competencias propias atribuidas a la Comunidad de Madrid, sino
también un mayor acercamiento de los servicios públicos a los núcleos de población de municipios con menor población. La mayor proximidad y fijación local de determinados servicios esenciales permitirá sin duda contribuir a frenar las tendencias de despoblamiento del
ámbito rural que afectan a determinados espacios físicos de la región.
Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local tiene, en virtud del
Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y ejerce a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, las competencias en materia de administración local que pudieran derivarse de la normativa aplicable, especialmente las establecidas en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid y en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
En concreto, establece la competencia en su artículo 13.2.c) de la interlocución con los
alcaldes de los municipios en los que se implanten las medidas aprobadas en la estrategia de
cohesión y equilibrio territorial de la Comunidad de Madrid, así como adoptar los mecanismos de coordinación y seguimiento que aseguren su correcta ejecución, en el ámbito compe-
BOCM-20241008-22
Segundo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 240
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
22
CONVENIO de 19 de septiembre de 2024, entre la Consejería de Presidencia,
Justicia y Administración Local y la Entidad Financiera Caixabank para la colaboración en el desarrollo de la inclusión financiera en los municipios rurales
de hasta 5.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 19 de septiembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023),
actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Juan Antonio Peña Peña, Director de Instituciones de Madrid de CaixaBank S.A., actuando en nombre y representación de la misma, según escritura de poder número 1349, de fecha 27 de junio de 2023, otorgada ante la Ilustre Notaria de Colegio de
Barcelona, D.a M.a Dolores Jiménez Arbona y debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Valencia.
Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria
capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente este documento, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que la Comunidad de Madrid tiene la aspiración básica de contribuir a la mejora constante del nivel y condiciones de vida de los habitantes de la región, para lo que entiende
como requisito sustancial el que los municipios de la Comunidad de Madrid cuenten con el
mayor número posible de servicios públicos, tratando de alcanzar no sólo el desempeño
efectivo y eficaz de las competencias propias atribuidas a la Comunidad de Madrid, sino
también un mayor acercamiento de los servicios públicos a los núcleos de población de municipios con menor población. La mayor proximidad y fijación local de determinados servicios esenciales permitirá sin duda contribuir a frenar las tendencias de despoblamiento del
ámbito rural que afectan a determinados espacios físicos de la región.
Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local tiene, en virtud del
Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y ejerce a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, las competencias en materia de administración local que pudieran derivarse de la normativa aplicable, especialmente las establecidas en la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid y en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
En concreto, establece la competencia en su artículo 13.2.c) de la interlocución con los
alcaldes de los municipios en los que se implanten las medidas aprobadas en la estrategia de
cohesión y equilibrio territorial de la Comunidad de Madrid, así como adoptar los mecanismos de coordinación y seguimiento que aseguren su correcta ejecución, en el ámbito compe-
BOCM-20241008-22
Segundo