D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241008-37)
Convenio –  Convenio de 17 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad de Municipios del Noroeste, en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa por importe de 1.305.170,65 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la mancomunidad de municipios del noroeste durante el año 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 240

Séptima
Liquidación
La justificación del último anticipo se realizará en los dos primeros meses del ejercicio siguiente, mediante Certificación del Secretario-Interventor de la Mancomunidad de
municipios del Noroeste para la gestión y tratamiento de los residuos urbanos, donde se
acredite el total de las toneladas de residuos realmente tratadas en el ejercicio anterior.
En el caso de que el total de los abonos a cuenta y pagos anticipados realizados por la
Comunidad de Madrid sea superior al total de las certificaciones presentadas por la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y tratamiento de los residuos urbanos,
se procederá al reintegro del exceso percibido.
Octava
Obligaciones del beneficiario
Son obligaciones del beneficiario de esta subvención:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero a efectuar por
los órganos concedentes y de control competentes, aportando la información que
le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
d) Comunicar al órgano concedente, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
e) Hallarse, con carácter previo a la concesión y al pago de la subvención, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social
y con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 14.1.e), 34.5 de la Ley 38/2003, y 8.e) de la Ley 2/1995.
f) Hallarse al corriente, con carácter previo al pago de la subvención, de la obligación
de la rendición de las cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, mediante presentación de certificación emitida, a estos efectos, por la Cámara de Cuentas, en cumplimiento del artículo 10.3 de la citada Ley 2/1995.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la
Ley 38/2003.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 37 de la Ley 38/2003.
j) Acreditar, con carácter previo a la concesión, el cumplimiento de los requisitos
para obtener la condición de beneficiario mediante aportación de la declaración
responsable a que se refiere el artículo 13.7 de la Ley 38/2003.
k) La Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y tratamiento de los
residuos urbanos está obligada a informar a la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior de toda variación que se produzca en la relación de municipios que gestionen sus residuos urbanos a través de la misma.
El beneficiario estará a lo dispuesto en el Anexo 10 de condiciones de otorgamiento
de subvenciones de la Comunidad de Madrid, del Plan de Gestión de residuos domésticos
y comerciales, 2017-2024.

Incompatibilidad de la subvención
Esta subvención será incompatible con otro tipo de subvenciones de entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, que tengan como objeto final la gestión de los
residuos urbanos.
A tal efecto, la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos está obligada a informar a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de aquellas subvenciones recibidas y objeto de las mismas.

BOCM-20241008-37

Novena