Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241007-52)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 239
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 205
— Redacción de un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística en los
términos expresados por la DIA, y en coordinación con los órganos ambientales
de las comunidades autónomas afectadas, según condición 1.ii).4.7.
— Redacción de un Protocolo de erradicación y control de flora alóctona invasora
para el seguimiento de las zonas afectadas temporalmente por las obras, según
condición 1.ii).4.9.
— El cerramiento según las condiciones establecidas en la condición 1.ii).5.6.
— Medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna, según la condición
1.ii).5.14.
— El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA, según la condición 1.iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA
debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y declaración, en
concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 27 de abril de 2023, el promotor presenta
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración
de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Mauricio 30/132 kV, en
Chinchón, en la Comunidad de Madrid.
— La subestación transformadora Mauricio 30/132 kV ubicada en Chinchón, en la
Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 66 kV, 132 kV y 220 kV de evacuación con
origen en la subestación transformadora Mauricio 30/132 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV,
afectando a los términos municipales de Chinchón y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación Morata 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U., ha sido tramitada en el expediente
SGEE/PFot-259 Recova Solar:
— La subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV, ubicada en
Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aérea a 400 kV de evacuación con origen en la subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV, discurriendo su trazado por el término
municipal de Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid, hasta la subestación
transformadora Morata 400 kV, propiedad de Red Eléctrica España, S. A. U.
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Recova Solar, S. L. U.,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
para la instalación fotovoltaica Recova Solar, de 72,5 MW de potencia instalada
y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de
Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Arganda del Rey, Perales de
Tajuña y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid y se declara, en concreto, su utilidad pública.
BOCM-20241007-52
Parte de las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance
de la presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de:
B.O.C.M. Núm. 239
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 205
— Redacción de un Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística en los
términos expresados por la DIA, y en coordinación con los órganos ambientales
de las comunidades autónomas afectadas, según condición 1.ii).4.7.
— Redacción de un Protocolo de erradicación y control de flora alóctona invasora
para el seguimiento de las zonas afectadas temporalmente por las obras, según
condición 1.ii).4.9.
— El cerramiento según las condiciones establecidas en la condición 1.ii).5.6.
— Medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna, según la condición
1.ii).5.14.
— El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA, según la condición 1.iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA
debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las modificaciones sobre el proyecto, autorización administrativa de construcción, y declaración, en
concreto, de utilidad pública del mismo, con fecha 27 de abril de 2023, el promotor presenta
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración
de impacto ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Mauricio 30/132 kV, en
Chinchón, en la Comunidad de Madrid.
— La subestación transformadora Mauricio 30/132 kV ubicada en Chinchón, en la
Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aéreo-subterránea a 66 kV, 132 kV y 220 kV de evacuación con
origen en la subestación transformadora Mauricio 30/132 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV,
afectando a los términos municipales de Chinchón y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid.
La infraestructura de evacuación restante hasta llegar a la subestación Morata 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U., ha sido tramitada en el expediente
SGEE/PFot-259 Recova Solar:
— La subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV, ubicada en
Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid.
— La línea eléctrica aérea a 400 kV de evacuación con origen en la subestación transformadora Morata Renovables 30/132/400 kV, discurriendo su trazado por el término
municipal de Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid, hasta la subestación
transformadora Morata 400 kV, propiedad de Red Eléctrica España, S. A. U.
— La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, con misma
fecha que la presente resolución, por la que se otorga a Recova Solar, S. L. U.,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
para la instalación fotovoltaica Recova Solar, de 72,5 MW de potencia instalada
y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Colmenar de
Oreja, Belmonte de Tajo, Chinchón, Valdelaguna, Arganda del Rey, Perales de
Tajuña y Morata de Tajuña, en la Comunidad de Madrid y se declara, en concreto, su utilidad pública.
BOCM-20241007-52
Parte de las infraestructuras de evacuación comunes, que no forman parte del alcance
de la presente resolución, cuentan con autorización, tras la emisión de: