D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241005-3)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de septiembre de 2024, entre el Ayuntamiento de Torrelodones y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por el que se establece el procedimiento y las obligaciones para la autorización del uso de instalaciones municipales por centros educativos sostenidos con fondos públicos y de los espacios deportivos y aula polivalente del IES Diego Velázquez por clubes deportivos y asociaciones
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BOCM
Pág. 32
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
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B.O.C.M. Núm. 238
fines previstos en dicha ley [artículo 23.1.f) LDCM]. Por su parte, los artículos 91
y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, regulan la figura de las autorizaciones de uso de bienes
afectos al servicio público.
La colaboración entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos viene propiciada y avalada por la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y por el artículo 135 de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, así como por el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y la disposición adicional decimoquinta de la citada ley. Es de aplicación también el Decreto 11/2018, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula el régimen de utilización de los inmuebles e instalaciones de los centros educativos púbicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Corresponde a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid la coordinación de los centros, servicios y programas educativos
del sistema de educación pública de la Comunidad de Madrid.
Se estima necesario un convenio regulador del uso de las instalaciones deportivas,
culturales, sociales de propiedad municipal por parte de los centros educativos
sostenidos con fondos públicos del municipio. Para ello, es preciso prever los procedimientos, condiciones y garantías de su uso y buen funcionamiento, las obligaciones de todas las partes y los diversos protocolos que puedan resultar imprescindibles en este escenario.
Al tratarse de colegios e institutos públicos sobre los que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ejerce competencias en materia de organización
educativa y política educativa, es necesaria su presencia activa en el convenio garantizando el óptimo cumplimiento de sus objetivos, la seguridad de los alumnos
y el adecuado control de la actividad, así como sus horarios.
El espíritu del convenio es el de colaboración y flexibilidad, para que sean los
menores y jóvenes que realizan la práctica deportiva o cultural en el municipio
los que se vean beneficiados al disponer de un mayor número de instalaciones
destinadas a tal fin. Todo ello en el marco de los artículos 47 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ayuntamiento de Torrelodones podrá, en su caso y con posterioridad a la firma
del presente convenio, firmar convenios individualizados con los centros educativos concertados, con el fin de acordar el uso de espacios compartidos entre los
centros y el Ayuntamiento, si fuera necesario ampliar la oferta de actividades en
el municipio.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es establecer las condiciones de la autorización de uso
de los espacios municipales por parte de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio, así como del uso de los espacios deportivos y aula polivalente/biblioteca del IES Diego Velázquez por el servicio municipal de deportes, clubes deportivos y
asociaciones. Todo ello con el único objetivo de fomentar y favorecer el mayor alcance para
la práctica de actividad física y el deporte en el municipio.
Concretamente, el fin del mismo es establecer los derechos y obligaciones de ambas
partes en relación al uso compartido de las instalaciones municipales que se describen en la
cláusula siguiente.
Espacios de titularidad municipal objeto del convenio
El Ayuntamiento de Torrelodones es titular de la propiedad de los siguientes espacios
cuyo uso por los centros educativos se regula en este convenio:
— Instalaciones Pabellón Polideportivo y Piscina Cubierta Polideportivo: Plaza
José María Unceta, número 2. Ref. catastral 0829103VK2902N0001FR, finca
registral 5.768, número inventario municipal 33.
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Segunda
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
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B.O.C.M. Núm. 238
fines previstos en dicha ley [artículo 23.1.f) LDCM]. Por su parte, los artículos 91
y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, regulan la figura de las autorizaciones de uso de bienes
afectos al servicio público.
La colaboración entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos viene propiciada y avalada por la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y por el artículo 135 de la
Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, así como por el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y la disposición adicional decimoquinta de la citada ley. Es de aplicación también el Decreto 11/2018, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula el régimen de utilización de los inmuebles e instalaciones de los centros educativos púbicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
Corresponde a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid la coordinación de los centros, servicios y programas educativos
del sistema de educación pública de la Comunidad de Madrid.
Se estima necesario un convenio regulador del uso de las instalaciones deportivas,
culturales, sociales de propiedad municipal por parte de los centros educativos
sostenidos con fondos públicos del municipio. Para ello, es preciso prever los procedimientos, condiciones y garantías de su uso y buen funcionamiento, las obligaciones de todas las partes y los diversos protocolos que puedan resultar imprescindibles en este escenario.
Al tratarse de colegios e institutos públicos sobre los que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades ejerce competencias en materia de organización
educativa y política educativa, es necesaria su presencia activa en el convenio garantizando el óptimo cumplimiento de sus objetivos, la seguridad de los alumnos
y el adecuado control de la actividad, así como sus horarios.
El espíritu del convenio es el de colaboración y flexibilidad, para que sean los
menores y jóvenes que realizan la práctica deportiva o cultural en el municipio
los que se vean beneficiados al disponer de un mayor número de instalaciones
destinadas a tal fin. Todo ello en el marco de los artículos 47 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Ayuntamiento de Torrelodones podrá, en su caso y con posterioridad a la firma
del presente convenio, firmar convenios individualizados con los centros educativos concertados, con el fin de acordar el uso de espacios compartidos entre los
centros y el Ayuntamiento, si fuera necesario ampliar la oferta de actividades en
el municipio.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es establecer las condiciones de la autorización de uso
de los espacios municipales por parte de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio, así como del uso de los espacios deportivos y aula polivalente/biblioteca del IES Diego Velázquez por el servicio municipal de deportes, clubes deportivos y
asociaciones. Todo ello con el único objetivo de fomentar y favorecer el mayor alcance para
la práctica de actividad física y el deporte en el municipio.
Concretamente, el fin del mismo es establecer los derechos y obligaciones de ambas
partes en relación al uso compartido de las instalaciones municipales que se describen en la
cláusula siguiente.
Espacios de titularidad municipal objeto del convenio
El Ayuntamiento de Torrelodones es titular de la propiedad de los siguientes espacios
cuyo uso por los centros educativos se regula en este convenio:
— Instalaciones Pabellón Polideportivo y Piscina Cubierta Polideportivo: Plaza
José María Unceta, número 2. Ref. catastral 0829103VK2902N0001FR, finca
registral 5.768, número inventario municipal 33.
BOCM-20241005-3
Segunda