D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241005-3)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de septiembre de 2024, entre el Ayuntamiento de Torrelodones y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), por el que se establece el procedimiento y las obligaciones para la autorización del uso de instalaciones municipales por centros educativos sostenidos con fondos públicos y de los espacios deportivos y aula polivalente del IES Diego Velázquez por clubes deportivos y asociaciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 31
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
3
CONVENIO de colaboración de 12 de septiembre de 2024, entre el Ayuntamiento
de Torrelodones y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades), por el que se establece el procedimiento y las obligaciones para
la autorización del uso de instalaciones municipales por centros educativos sostenidos con fondos públicos y de los espacios deportivos y aula polivalente del IES
Diego Velázquez por clubes deportivos y asociaciones.
En Madrid, a 12 de septiembre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), y de conformidad
con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2.a) Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, Dña. Almudena Negro Konrad, Alcaldesa del Ayuntamiento de Torrelodones,
nombrada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 17 de junio de 2023,
en virtud de lo previsto en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 21.1.b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (competencia del alcalde de representar al ayuntamiento), y el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación
que ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad para obligarse en los términos
de este documento, y, a tal efecto,
El Ayuntamiento de Torrelodones, según el artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL), para la gestión de
sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Entre las competencias municipales que se enumeran en el citado artículo se
encuentran:
— La gestión de los equipamientos de su titularidad [artículo 25.2.d) LRBRL].
— La promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre [artículo 25.2.l) LRBRL].
— Promoción de la cultura y equipamientos culturales [artículo 25.2.m) LRBRL].
La competencia para la gestión de sus equipamientos deportivos aparece regulada
en el artículo 23 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante, LDCM), que atribuye a los Ayuntamientos la competencia de promover de forma general la actividad física y el deporte en su ámbito territorial, fomentando las actividades físicas de carácter formativo y
recreativo, especialmente entre los escolares [artículo 23.1.a) LDCM], recogiéndose en el mismo precepto la posibilidad de gestionar las infraestructuras deportivas municipales mediante la firma de conciertos o convenios con entidades públicas o privadas para su gestión [artículo 23.1.c) LDPM], todo ello en el marco
de la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de los
BOCM-20241005-3
MANIFIESTAN
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 31
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
3
CONVENIO de colaboración de 12 de septiembre de 2024, entre el Ayuntamiento
de Torrelodones y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades), por el que se establece el procedimiento y las obligaciones para
la autorización del uso de instalaciones municipales por centros educativos sostenidos con fondos públicos y de los espacios deportivos y aula polivalente del IES
Diego Velázquez por clubes deportivos y asociaciones.
En Madrid, a 12 de septiembre de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), y de conformidad
con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2.a) Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, Dña. Almudena Negro Konrad, Alcaldesa del Ayuntamiento de Torrelodones,
nombrada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 17 de junio de 2023,
en virtud de lo previsto en el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 21.1.b) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (competencia del alcalde de representar al ayuntamiento), y el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación
que ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad para obligarse en los términos
de este documento, y, a tal efecto,
El Ayuntamiento de Torrelodones, según el artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL), para la gestión de
sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Entre las competencias municipales que se enumeran en el citado artículo se
encuentran:
— La gestión de los equipamientos de su titularidad [artículo 25.2.d) LRBRL].
— La promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre [artículo 25.2.l) LRBRL].
— Promoción de la cultura y equipamientos culturales [artículo 25.2.m) LRBRL].
La competencia para la gestión de sus equipamientos deportivos aparece regulada
en el artículo 23 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante, LDCM), que atribuye a los Ayuntamientos la competencia de promover de forma general la actividad física y el deporte en su ámbito territorial, fomentando las actividades físicas de carácter formativo y
recreativo, especialmente entre los escolares [artículo 23.1.a) LDCM], recogiéndose en el mismo precepto la posibilidad de gestionar las infraestructuras deportivas municipales mediante la firma de conciertos o convenios con entidades públicas o privadas para su gestión [artículo 23.1.c) LDPM], todo ello en el marco
de la cooperación con otros entes públicos o privados para el cumplimiento de los
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MANIFIESTAN