Pinto (BOCM-20241004-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 250
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 237
Se tendrá en cuenta únicamente la formación que se acredite documentalmente de manera fehaciente, y, en cualquier caso, será necesario que consten las horas de formación en
el certificado o titulación presentada.
Se acreditará mediante fotocopia de los diplomas, títulos o certificados expedidos al
efecto por la entidad que impartió la formación.
No se podrán valorar, en ningún caso los cursos, diplomas o certificados en los que no
se haga constar el número de horas de duración de los mismos y los que cuya fecha de impartición sea anterior a los diez años inmediatamente anteriores a fecha de finalización de
plazo de presentación de instancias.
Puntuación de los cursos de formación:
— Menos de 20 horas: 0,15 puntos.
— De 20 horas a 50 horas: 0,30 puntos.
— De 51 horas a 100 horas: 0,40 puntos.
— Más de 100: 0,60 puntos.
9. Calificación definitiva del proceso selectivo
La calificación definitiva de los aspirantes vendrá determinada por la suma de cada
una de las calificaciones obtenidas en los distintos apartados del concurso de méritos.
En caso de empate a puntuaciones figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido:
1. Mayor número de años de servicio en el Ayuntamiento de Pinto.
2. Haber ocupado el puesto de trabajo que sale a concurso de manera voluntaria de
manera provisional.
3. En último término se resolverá en el orden alfabético que se determine por la
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de
la Administración del Estado, que se encuentre vigente en el momento de la realización del
desempate.
10. Recursos
BOCM-20241004-79
Contra la presente Resolución, así como contra la resolución definitiva del concurso, podrá interponerse demanda en el plazo de dos meses ante la Jurisdicción Social, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.a), de la Ley 36/2011, de
10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y artículo 69 de dicha norma, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Pinto, a 2 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Administración General, Juan
Guillermo Padilla Jiménez.
(03/15.903/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 250
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 237
Se tendrá en cuenta únicamente la formación que se acredite documentalmente de manera fehaciente, y, en cualquier caso, será necesario que consten las horas de formación en
el certificado o titulación presentada.
Se acreditará mediante fotocopia de los diplomas, títulos o certificados expedidos al
efecto por la entidad que impartió la formación.
No se podrán valorar, en ningún caso los cursos, diplomas o certificados en los que no
se haga constar el número de horas de duración de los mismos y los que cuya fecha de impartición sea anterior a los diez años inmediatamente anteriores a fecha de finalización de
plazo de presentación de instancias.
Puntuación de los cursos de formación:
— Menos de 20 horas: 0,15 puntos.
— De 20 horas a 50 horas: 0,30 puntos.
— De 51 horas a 100 horas: 0,40 puntos.
— Más de 100: 0,60 puntos.
9. Calificación definitiva del proceso selectivo
La calificación definitiva de los aspirantes vendrá determinada por la suma de cada
una de las calificaciones obtenidas en los distintos apartados del concurso de méritos.
En caso de empate a puntuaciones figurará en primer lugar el aspirante que haya obtenido:
1. Mayor número de años de servicio en el Ayuntamiento de Pinto.
2. Haber ocupado el puesto de trabajo que sale a concurso de manera voluntaria de
manera provisional.
3. En último término se resolverá en el orden alfabético que se determine por la
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de
la Administración del Estado, que se encuentre vigente en el momento de la realización del
desempate.
10. Recursos
BOCM-20241004-79
Contra la presente Resolución, así como contra la resolución definitiva del concurso, podrá interponerse demanda en el plazo de dos meses ante la Jurisdicción Social, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.a), de la Ley 36/2011, de
10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y artículo 69 de dicha norma, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Pinto, a 2 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Administración General, Juan
Guillermo Padilla Jiménez.
(03/15.903/24)
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ISSN 1989-4791