Pinto (BOCM-20241004-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024








Pág. 245

ración al puesto de trabajo desde el que participan en el concurso. Para el personal estabilizado, se entiende cumplido dicho requisito si ha estado dos años desempeñando el puesto.
En servicio activo, desempeñando un puesto de forma provisional, independientemente de la fecha desde la que vengan desempeñando dicho puesto.
En excedencia voluntaria por cuidado de hijos, cónyuge, ascendientes o descendientes, con arreglo a lo previsto en el presente Convenio. En este caso, cuando el
puesto de trabajo desde el que se haya accedido a la excedencia se desempeñase
con carácter definitivo, será necesario que a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación hayan transcurrido dos años desde la
incorporación a dicho puesto de trabajo, incluyéndose dentro del cómputo el tiempo de excedencia disfrutado.
En excedencia voluntaria por interés particular, siempre que haya transcurrido un
período de más de cuatro meses desde que se concedió la excedencia.
En excedencia por prestación de servicios en el sector público.
En excedencia por razón de violencia de género sobre la mujer trabajadora.

3.2. No podrá participar en el concurso el personal que, a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, se halle cumpliendo una sanción firme que conlleve suspensión
de empleo y sueldo.
3.3. Los trabajadores y trabajadoras que hayan sido objeto de un cambio de puesto
de trabajo por causa de salud podrán participar, si bien sólo podrán adjudicárseles destinos
que sean adaptados a las limitaciones funcionales que padezcan. En caso de que se les hubiera reconocido alguna discapacidad por el órgano competente, deberán aportar con su solicitud de participación en el concurso la documentación acreditativa de la discapacidad reconocida.
En todo caso, previamente a la resolución del concurso y a la adjudicación del destino
solicitado, el Departamento de Prevención y Salud Laboral deberá emitir un informe sobre
la adaptación del puesto o puestos solicitados a la discapacidad del solicitante. Si el informe
de los citados servicios considerara no adaptable el puesto, éste no podrá ser adjudicado.
En estos supuestos se tendrá en consideración como puesto desempeñado por el trabajador o trabajadora aquél a que se halle adscrito en el momento de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3.4. Los trabajadores y trabajadoras que, habiendo reingresado al servicio activo tras
una excedencia, ocupen puestos de forma provisional, estarán obligados a participar en el
concurso. Si no lo hicieran, o renunciaran al mismo, se le adscribirá provisionalmente a un
puesto vacante de su misma categoría profesional, en el Área funcional que la Administración determine, en función de las necesidades del servicio.
3.5. Protección de datos. Conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril
(RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales 3/2018
(LOPDGDD)), los datos personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por
el Ayuntamiento de Pinto como responsable del tratamiento, para la gestión de la participación en el proceso selectivo.
El Ayuntamiento de Pinto se encuentra legitimado para su tratamiento a efectos de
cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia que
la Ley establece para el acceso como empleado a una Administración Pública y ser necesarios para la ejecución de la relación jurídica que se establece entre el interesado y el Ayuntamiento al participar en esta convocatoria y para que ésta pueda cumplir con sus obligaciones conforme a la legislación expresada en las bases.
Los datos facilitados no se cederán a terceros, salvo obligación legal en cumplimiento
de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por
Ley. Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme lo establecido en las bases de esta convocatoria, con el objeto de atender a la obligación de publicidad activa de los procesos de personal.
La presentación de la solicitud de participación implica la indicación expresa de los/as
aspirantes de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y de
que autoriza a que los datos recabados en la solicitud, sean incorporados y tratados por el
Área de Recursos Humanos al objeto de llevar a cabo el proceso de selección de personal y
su posterior nombramiento o contratación, así como a la formación de una bolsa de empleo
temporal en los casos en que así proceda porque este establecido en la convocatoria.

BOCM-20241004-79

B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID