Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241004-47)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 237

BOCM-20241004-47

6. Las citadas Declaraciones de Impacto Ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental establecen asimismo una serie de condicionantes específicos
que se deberán cumplir antes de la obtención de la autorización de explotación, debiendo
dar cuenta del cumplimiento de los mismos ante el órgano competente provincial, previa
presentación de las medidas definidas y presupuestadas por el peticionario en un proyecto
o en una adenda al mismo.
7. La autorización administrativa de construcción no dispensa en modo alguno de
la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que, en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta en
marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser atribuidas
a la competencia de las distintas Comunidades Autónomas.
8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución si durante el transcurso
del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos que establece
la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente Autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.
9. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas expresamente por él.
Madrid, a 26 de julio de 2024.—El director general, Manuel García Hernández.
(02/14.098/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791