Venturada (BOCM-20241001-93)
Organización y funcionamiento. Ordenanza uso locales municipales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 307

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VENTURADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Según queda acreditado en certificación expedida al efecto, no se han presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, por lo que se declara la elevación
automática a definitivo del acuerdo de aprobación inicial de aprobación de la ordenanza
municipal reguladora de la Autorización de uso de locales municipales y préstamo de material municipal, adoptado en sesión plenaria de fecha 14 de junio de 2024, y cuyo texto íntegro
se publica, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA AUTORIZACIÓN DE USO
DE LOCALES MUNICIPALES Y PRÉSTAMO DE MATERIAL MUNICIPAL
TÍTULO PRELIMINAR
Objeto de la ordenanza
Artículo 1. Objeto.—1. Esta ordenanza tiene por objeto:
a) La fijación de los criterios y del procedimiento general a seguir en la autorización
temporal de uso de locales municipales a las asociaciones, particulares y entidades que lo soliciten para satisfacer necesidades puntuales o transitorias, así como
regular dicho uso.
b) La fijación de los criterios y del procedimiento general a seguir en el préstamo
de material a las asociaciones, particulares y entidades que lo soliciten, así como
regular dicho préstamo.
c) Establecer y regular además la tasa por préstamo de material municipal y uso de
locales.
Queda excluida de esta ordenanza la autorización de uso a asociaciones, empresas o
particulares de espacios o locales en donde desarrollar sus actividades de modo estable o
la cesión de inmuebles o equipamientos que dispongan de otra normativa específica.
Igualmente queda excluido el uso de locales por partidos políticos en cumplimiento de la
normativa electoral.
TÍTULO I

Art. 2. Actividades susceptibles de uso de locales.—1. El Ayuntamiento de Venturada podrá autorizar el uso temporal del local de titularidad municipal con destino a actividades temporales y concretas para las que se requieran un local municipal, con carácter de
precario y siempre y cuando se encuadren dentro de unos de estos tipos:
a) Actividades de interés social o particular, sin ánimo de lucro tales como conferencias, charlas, exposiciones, cumpleaños, audiciones públicas, representaciones
teatrales y actividades culturales o divulgativas similares.
b) Actividades propias del movimiento asociativo o derivadas del derecho de reunión
de partidos políticos y sindicatos.
c) Que se trate de actividades que, aunque se realicen con contraprestación económica
para la población, sean consideradas de carácter o utilidad social (cursillos, jornadas,
conferencias, talleres y actividades similares), siempre de modo puntual y duración
temporal determinada.
2. Queda expresamente prohibida la realización de actividades que contravengan los
principios de igualdad de las personas, por lo que se prohíbe la realización de cualquier acto
de carácter violento o que atente contra la dignidad personal o discrimine a individuos o

BOCM-20241001-93

Autorización de uso de locales