Torrelodones (BOCM-20241001-88)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 302
MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 234
7. Acreditación de méritos
Los méritos presentados serán acreditados documentalmente mediante fotocopias,
siendo obligatorio acreditar su autenticidad con los documentos originales previo al nombramiento, a lo cual se condiciona la adjudicación del puesto.
En ningún caso serán valorados aquellos méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo. No se reclamará por la Administración ni se admitirá
subsanación de los méritos del concurso fuera de plazo de presentación de instancias.
El cómputo temporal de los méritos que se aleguen estará referido siempre, como
máximo, al día de finalización del plazo para presentar las instancias de participación en el
proceso.
No se valorarán los cursos de formación en los que no conste el número de horas
debidamente reconocidas. No se prorratearán las horas de los cursos.
Las titulaciones oficiales obtenidas en el extranjero deberán acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente. En el caso de curso de formación en el extranjero, el título o certificado de asistencia
deberán ir acompañado de su traducción oficial al español.
8. Propuesta de adjudicación
Para la adjudicación del puesto deberá alcanzarse una puntuación mínima de 10 puntos, siendo, al menos, 8 puntos del apartado 6.a, quedando desierta la convocatoria en caso
contrario.
Una vez contrastada la documentación aportada por los aspirantes con los criterios de valoración, la Comisión reflejarán en las actas las puntuaciones obtenidas por los candidatos.
Las puntuaciones se harán públicas en la Sede Electrónica, tablón de anuncios y página
web del Ayuntamiento de Torrelodones. Contra esta valoración inicial no cabrá la interposición de recurso alguno, si bien podrán presentarse, durante un plazo de diez días hábiles, a
contar desde el día siguientes a su publicación, alegaciones.
Resueltas las reclamaciones presentadas, se dará publicidad a las puntuaciones definitivas en los mismos medios indicados anteriormente.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado 6. De persistir en empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado 6.c), y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado 6.b).2.
9. Resolución
La Comisión de Valoración elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de resolución del concurso, con indicación del candidato/a que, por haber obtenido la puntuación
más alta, debe resultar adjudicatario/a del puesto convocado.
Con el resto de candidatos que hayan obtenido una puntuación superior a 10, se formará una relación, por orden de puntuación, que servirá como propuesta complementaria
para ser nombrados en el caso de que alguno de los seleccionados no llegase a formalizar
la correspondiente adjudicación.
En el plazo de cinco días desde la publicación de la propuesta indicada, el candidato
seleccionado deberá aportar la documentación original acreditativa de los requisitos y de
los méritos.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles desde el cese en la Administración Pública de origen, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
La presente convocatoria, así como cuantos actos administrativos se deriven de
aquella, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Torrelodones, a 19 de septiembre de 2024.—La concejal de Recursos Humanos, María
Concepción Pastor de Pablo.
(03/15.172/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241001-88
10. Impugnación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 302
MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 234
7. Acreditación de méritos
Los méritos presentados serán acreditados documentalmente mediante fotocopias,
siendo obligatorio acreditar su autenticidad con los documentos originales previo al nombramiento, a lo cual se condiciona la adjudicación del puesto.
En ningún caso serán valorados aquellos méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo. No se reclamará por la Administración ni se admitirá
subsanación de los méritos del concurso fuera de plazo de presentación de instancias.
El cómputo temporal de los méritos que se aleguen estará referido siempre, como
máximo, al día de finalización del plazo para presentar las instancias de participación en el
proceso.
No se valorarán los cursos de formación en los que no conste el número de horas
debidamente reconocidas. No se prorratearán las horas de los cursos.
Las titulaciones oficiales obtenidas en el extranjero deberán acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente. En el caso de curso de formación en el extranjero, el título o certificado de asistencia
deberán ir acompañado de su traducción oficial al español.
8. Propuesta de adjudicación
Para la adjudicación del puesto deberá alcanzarse una puntuación mínima de 10 puntos, siendo, al menos, 8 puntos del apartado 6.a, quedando desierta la convocatoria en caso
contrario.
Una vez contrastada la documentación aportada por los aspirantes con los criterios de valoración, la Comisión reflejarán en las actas las puntuaciones obtenidas por los candidatos.
Las puntuaciones se harán públicas en la Sede Electrónica, tablón de anuncios y página
web del Ayuntamiento de Torrelodones. Contra esta valoración inicial no cabrá la interposición de recurso alguno, si bien podrán presentarse, durante un plazo de diez días hábiles, a
contar desde el día siguientes a su publicación, alegaciones.
Resueltas las reclamaciones presentadas, se dará publicidad a las puntuaciones definitivas en los mismos medios indicados anteriormente.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado 6. De persistir en empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado 6.c), y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado 6.b).2.
9. Resolución
La Comisión de Valoración elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de resolución del concurso, con indicación del candidato/a que, por haber obtenido la puntuación
más alta, debe resultar adjudicatario/a del puesto convocado.
Con el resto de candidatos que hayan obtenido una puntuación superior a 10, se formará una relación, por orden de puntuación, que servirá como propuesta complementaria
para ser nombrados en el caso de que alguno de los seleccionados no llegase a formalizar
la correspondiente adjudicación.
En el plazo de cinco días desde la publicación de la propuesta indicada, el candidato
seleccionado deberá aportar la documentación original acreditativa de los requisitos y de
los méritos.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles desde el cese en la Administración Pública de origen, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
La presente convocatoria, así como cuantos actos administrativos se deriven de
aquella, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Torrelodones, a 19 de septiembre de 2024.—La concejal de Recursos Humanos, María
Concepción Pastor de Pablo.
(03/15.172/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241001-88
10. Impugnación