Móstoles (BOCM-20240930-76)
Urbanismo. Plan especial
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 233

Este proyecto fue aprobado con fecha 13 de mayo del 2024 y se incluye integro en los
anexos del presente documento, Igualmente formara parte del proyecto de urbanización que
se redactara con posterioridad a la tramitación del presente Plan Especial.
CONSIDERACIONES RESPECTO AL CT IBERDROLA EN PARCELA A
El pasado 4 de enero de 2024, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local sobre la admisión a trámite y aprobación inicial del Plan Especial de mejora urbana en el Ámbito de Ordenación Singular
AOS-19.2 del Plan General de Móstoles, dando inicio al trámite de información pública por
el plazo de un mes para formulación de reclamaciones y sugerencias.
En el citado documento se exponen las subsanaciones a realizar y se indica que “En la
parcela residencial resultante existe una parcela con uso de infraestructuras, con una superficie de 58,55 m2, en el que existe un Centro de Transformación, propiedad según Catastro,
de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A.
Sin embargo, se ha de tener en cuenta la consideración que sobre dicho terreno se ha
otorgado el uso privativo del dominio público a favor de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A., manteniendo el Ayuntamiento la propiedad sobre el mismo. Dicha concesión se
encuentra formalizada mediante contrato de fecha 24 de abril de 2017 y se incluye en los
anexos del presente Plan Especial.
Sin perjuicio de lo anterior, se informa que toda actuación o construcción que se realice como consecuencia de la ejecución del presente Planeamiento respetara las limitaciones y distancias previstas en la normativa del Sector Eléctrico, además de garantizar el acceso libre y permanente a las instalaciones por parte de Iberdrola.
De igual forma, les indicamos que, en caso de pretender la variación del trazado o ubicación de la instalación por la mencionada ejecución del Plan Especial AOS-19.2 y ser esta
viable, será costeada por el promotor y tramitada según el procedimiento estipulado, mediante la apertura del correspondiente expediente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico y su reglamento de desarrollo.
Las posibles alternativas se limitan a las diferentes disposiciones de estos edificios dentro de la parcela. Esto será objeto siempre de un proyecto de ejecución de edificación donde
se situarán los espacios libres correspondientes derivados de las diferentes situaciones.
DE

MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

Se prohíbe expresamente la colocación de bocas de riego en viales para baldeo de calles en la red de distribución de agua para consumo humano. Con fecha 25 de enero de 2006,
el Ayuntamiento de Móstoles y Canal de Isabel II suscribieron un Convenio Administrativo para el Suministro de Agua Reutilizable para el Riego de Zonas Verdes de Uso Público,
en el que se establecen los compromisos y responsabilidades de ambas partes en cuanto a
la tramitación, ejecución y financiación de las instalaciones requeridas por el suministro de
agua regenerada procedente de la EDAR de Arroyo del Soto, para el riego de zonas verdes
de uso público del municipio de Móstoles.
En el caso de que se vayan a regar las zonas verdes previstas con agua regenerada,
se deberá solicitar al Área de Planeamiento del Canal de Isabel II, S. A., informe de Viabilidad de agua regenerada para riego de zonas verdes públicas y puntos de conexión exterior
a la red general agua regenerada.
En las zonas verdes de uso público del ámbito, las redes de riego que se conecten, transitoriamente, a la red de distribución de agua para consumo humano deberán cumplir la normativa vigente del Canal de Isabel II, siendo dichas redes independientes de la red de distribución para su futura utilización con agua regenerada, y disponiendo de una Única
acometida con contador. Estos proyectos de riego y jardinería, deberán remitirse al Canal.
En cualquier caso, el proyecto de la red de riego deberá cumplir las Normas para Redes de utilización del Canal de Isabel II y remitirse al Área de Construcción del canal.
En principio en el AOS-19.2 no se prevé ninguna red de riego de este tipo a no ser que
por ampliación de zonas verdes, los servicios técnicos del Ayuntamiento de Móstoles así lo
requieran. En cualquier caso, este aspecto formara parte del proyecto de urbanización que
desarrolle el PEMU-AOS-19.2.

BOCM-20240930-76

CONDICIONES RESPECTO A LA RED DE RIEGO CON AGUA REGENERADA