Valdilecha (BOCM-20240930-87)
Organización y funcionamiento. Reglamento Interno Dispositivos Electrónicos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 233

13.1. Protección de datos de la CCP: la propia CCP “AXON BODY”, dispone de tres
niveles de protección de los datos captados que impiden la extracción por cualquier persona no autorizada, salvaguardando la integridad y cadena de custodia de estas de cara a su
presentación ante el juzgado:
— Autoprotección física de la memoria: La memoria donde se graban las imágenes
no tiene un formato comercial estándar y no es extraíble. Además, por su construcción, si se intenta acceder rompiendo la carcasa al interior de la cámara, la memoria se romperá.
— Seguridad de las imágenes: las imágenes se mantienen encriptadas con el más alto
estándar del mercado AES 256. Desde la captura hasta su volcado en el ordenador.
— Cable y programa propietario: el cable para la descarga de imágenes no es estándar, por lo que alguien que encuentre la cámara o la sustraiga, no podrá acceder a
las imágenes por el único puerto que cuenta, ya que no es una configuración estándar de conector. El programa no es de distribución pública, y es el único que
permite la descarga de las imágenes.
13.2. Protección contra la manipulación de la CCP.
La cámara AXON BODY 3 cuenta con diversos mecanismos, de hardware y software
que impiden la modificación o alteración:
— Imposibilidad de carga de imágenes ajenas: la única manera que podemos registrar imágenes en la memoria de la cámara es a través de la lente. El dispositivo no
permite la carga de imágenes externas por ningún otro método.
— Marca de agua: el dispositivo incorpora en cada grabación una marca de agua que
garantiza la integridad de las imágenes. No se puede añadir o quitar un solo fotograma sin que un análisis forense no lo detecte.
— Sin acceso a las imágenes desde la cámara: El operador no tiene acceso a las imágenes grabadas, tampoco puede borrarlas. Una vez registrado una intervención,
las imágenes se mantienen seguras e inalterables dentro de la cámara hasta que son
descargadas por el responsable designado.
13.3. Señal y capacidad de sincronización, CCP y DEC: los dispositivos de la firma
“AXON/TASER” disponen de una señal de sincronización denominada AXON SIGNAL
que permite la activación remota.
AXON SIGNAL en los dispositivos electrónicos de Control (DEC) Táser:
Los dispositivos electrónicos de control “Táser/T7” tiene incorporado un sistema
“SIGNAL” y cada vez que el Policía/operador del DEC lo activa, de forma inmediata iniciará la grabación de la cámara del Policía/operador activando en un radio aproximado de
10 metros, las cámaras AXON BODY que se encuentren en las proximidades de la acción.
Las principales ventajas son:
— Las cámaras policiales registran de manera autónoma la situación que ha llevado a
la extracción del DEC. Permitiendo al agente centrarse plenamente en garantizar
la seguridad con la confianza que todo quedará registrado.
— Al activarse las cámaras policiales que estén en un radio de 10 metros, pueden tomarse diferentes ángulos de la situación, de manera autónoma.
— Avisa a los demás policías presentes en la acción, ya que todas las cámaras en la
escena se activan, indicando que existe un riesgo concreto.
13.4. Garantía de los CCP en materia de protección de datos: los CCP elegidos por la
Policía Local de Valdilecha, han sido seleccionados para cumplir con la Ley Orgánica 4/1997,
de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. Una de las características que soportan esta funcionalidad es que los dispositivos están marcados con etiquetas de aviso que indican que la
CCP registra audio y vídeo para que los ciudadanos sean conscientes de que pueden ser grabados en caso de incidente. Así mismo cuando el CCP está en grabación, la misma muestra un círculo de luz roja que señala esa grabación.
La seguridad asociada a los CCP es diferente a otro tipo de cámaras existentes ya que,
a diferencia de las cámaras convencionales, no tienen pantalla frontal. De este modo, lo que
se graba no es accesible para visualización (ni por los agentes portadores del CCP, ni por
los ciudadanos que pasan por delante). La ausencia de pantalla frontal garantiza que las
imágenes capturadas por las CCP puedan visualizarse únicamente en el sistema y persona
responsable de la custodia. Así, las imágenes grabadas por estos CCP no pueden ser vistas
por el agente que las grabó, ni por los ciudadanos (que podrían incluso fotografiar, o filmar
las imágenes con sus teléfonos móviles).

BOCM-20240930-87

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