B) Autoridades y Personal - CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20240930-7)
Concurso específico – Resolución de 18 de septiembre de 2024, del Presidente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo, de 18 de septiembre de 2024, por el que se aprueba convocatoria pública de puesto de trabajo para su provisión por el sistema de concurso específico
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 57
Noveno
1. Los participantes solo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización
del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y no
admitidos, al que hace referencia el apartado sexto de la convocatoria.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Décimo
La convocatoria se resolverá por el Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y, por Resolución de su Presidente, se hará público en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Undécimo
Este acuerdo producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Duodécimo
BOCM-20240930-7
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo
órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de 2 meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados
a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 18 de septiembre de 2024.—El Presidente, Joaquín Leguina Herrán.
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 57
Noveno
1. Los participantes solo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización
del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y no
admitidos, al que hace referencia el apartado sexto de la convocatoria.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Décimo
La convocatoria se resolverá por el Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y, por Resolución de su Presidente, se hará público en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Undécimo
Este acuerdo producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Duodécimo
BOCM-20240930-7
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo
órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de 2 meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados
a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 18 de septiembre de 2024.—El Presidente, Joaquín Leguina Herrán.