C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240930-14)
Concesión premios –  Orden 4103/2024, de 13 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2023-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 233

LUNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 71

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
14

ORDEN 4103/2024, de 13 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la
Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2023-2024.

Los Premios Extraordinarios de Bachillerato, cuya finalidad es reconocer de forma oficial los méritos, basados en el esfuerzo y en el trabajo, del alumnado que se ha distinguido en
sus estudios al finalizar esta etapa educativa, se rigen por las bases reguladoras establecidas
en la Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
Esta norma no solo estipula la celebración anual de los mencionados premios, sino que
también recoge aquellos aspectos que deben concretarse en las diferentes convocatorias
anuales, de modo que los alumnos que lo obtengan puedan concurrir a los Premios Nacionales de Bachillerato.
La Orden 1991/2024, de 26 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, ha convocado estos premios para el curso académico 2023-2024 (extracto publicado en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 13 de mayo de 2024).
De conformidad con la normativa reguladora aplicable y tras haberse realizado las correspondientes pruebas, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza,
competente en materia de Premios Extraordinarios de Bachillerato, ha elevado la propuesta definitiva de adjudicación de los premios al Consejero de Educación, Ciencia y Universidades para su aprobación.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y las restantes normas de Derecho Público que regulan las
subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por
el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Primero
Concesión de premios
Conceder 23 Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2023-2024 a los alumnos relacionados por orden decreciente de puntuación en el anexo de esta orden. En base al punto 4 del apartado duodécimo
de la Orden 1991/2024, de 26 de abril, se declaran desiertos dos premios al ser mayor el número de premios convocados que candidatos que reúnan los requisitos.
Segundo
1. La dotación económica de cada Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de Madrid es de 2.000 euros, que se hará efectiva de manera individual y en un
único pago a las personas relacionadas en el anexo de esta orden.
2. El importe total de los premios concedidos asciende a 46.000 euros, que se harán
efectivos con cargo al subconcepto 48399 del programa presupuestario 322O correspondiente al año 2024.
3. Mediante la correspondiente diligencia se consignará la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de Madrid en el expediente académico del
alumno premiado.
4. Quienes obtengan Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de
Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de la consejería competente en materia de Educación.

BOCM-20240930-14

Asignación económica y efectos de los premios