Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240927-71)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 231

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Pozuelo de Alarcón de 18 de
septiembre de 2024, por la que se convocan Becas de Estudio de la Escuela Municipal de
Música y Danza para el curso 2024-25.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/786596 )
Primero. Beneficiarios.—Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes bases aquellos alumnos en los que concurran los siguientes requisitos:
Generales:
a) No tener deudas ningún miembro de la unidad familiar con el Ayuntamiento de
Pozuelo de Alarcón.
b) No tener recibos pendientes de pago en la Escuela Municipal de Música y Danza.
c) Tener residencia legal en España y estar empadronado en el municipio de Pozuelo
de Alarcón.
d) Estar matriculado en la Escuela Municipal de Música y Danza.
e) No haber sido amonestado por el incumplimiento del Reglamento de la Prestación
del Servicio de la Escuela Municipal de Música y Danza (EMMD) del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón durante el curso anterior.
Académicos:
f) Tener aprobadas todas las asignaturas en las que se hubiese matriculado en el curso anterior a la solicitud. En el caso de nuevos alumnos, no se tendrá en cuenta este
requisito.
Las ayudas podrán ser revocadas al final de cada trimestre por el Consejo Rector a propuesta de la Vicepresidencia del Patronato Municipal de Cultura, respecto de las asignaturas subvencionadas. La revocación requerirá previo informe de la Dirección de la Escuela
municipal de Música y Danza, referido al aprovechamiento musical o/y danza del alumno
y audiencia al mismo.
Económicos:
g) Podrán acceder a las Becas aquellas familias cuya renta “per capita” se ajuste al
baremo que anualmente se determine en la convocatoria pudiéndose establecer
tramos porcentuales en función de niveles de renta.
Para obtener la renta “per capita” anual, se sumarán los ingresos de todos los miembros de la familia y el resultado se dividirá por el número de miembros de la unidad familiar. En caso de existir más solicitudes que cumplan los requisitos antes mencionados que
la cantidad destinada a las becas en los presupuestos se seleccionarán tantos solicitantes
como sea posible, comenzando por los ingresos de menor cuantía. Si fuera necesario establecer un criterio adicional de asignación se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de
la solicitud en el registro.
Se considerará que conforma la unidad familiar:
— Los padres no separados legalmente y relacionados por cualquiera de las uniones
reconocidas legalmente y en su caso el tutor o persona encargada de la guarda y
protección del menor.
— Los hijos menores de edad, con excepción de los emancipados.

BOCM-20240927-71

Código asignado por la BDNS: 786596