C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240927-15)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, Nextgeneration-EU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 94
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 231
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Digitalización
15
EXTRACTO de la Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo
de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes por
el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea,
Nextgeneration-EU.
BDNS (Identif.): 785813
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.subvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/ ) y en la página web de
la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria las personas
físicas y jurídicas titulares y arrendatarios de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio,
sobre Propiedad Horizontal, en todos los casos siempre y cuando estos beneficiarios de las
ayudas sean microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme), según se definen en la
Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003.
Segundo
Conforme al artículo 1 de las bases reguladoras, recogidas en la Orden 89/2023, de 9
de marzo, y posteriores modificaciones (en adelante “bases reguladoras”), se convocan
ayudas para:
— Línea 3: se subvencionarán proyectos cuyo objetivo sea instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades
de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte
del ámbito de actuación material (polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración
empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma).
Las ayudas beneficiarán a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme),
según se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo
de 2003, y podrán otorgarse para los ámbitos materiales de actuación definidos en
el artículo 2.1 de las bases reguladoras, situados en cualquier zona geográfica.
Dichos proyectos se desarrollan en el marco de la inversión 2, “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial”, de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que persigue la realización de acciones
que faciliten ultra conectividad en los principales motores socioeconómicos del
país y áreas de alta demanda de capacidad (islas tecnológicas), con el objetivo de
BOCM-20240927-15
Objeto
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Pág. 94
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
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Consejería de Digitalización
15
EXTRACTO de la Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de
Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo
de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes por
el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea,
Nextgeneration-EU.
BDNS (Identif.): 785813
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.subvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/ ) y en la página web de
la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria las personas
físicas y jurídicas titulares y arrendatarios de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio,
sobre Propiedad Horizontal, en todos los casos siempre y cuando estos beneficiarios de las
ayudas sean microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme), según se definen en la
Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003.
Segundo
Conforme al artículo 1 de las bases reguladoras, recogidas en la Orden 89/2023, de 9
de marzo, y posteriores modificaciones (en adelante “bases reguladoras”), se convocan
ayudas para:
— Línea 3: se subvencionarán proyectos cuyo objetivo sea instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades
de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte
del ámbito de actuación material (polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración
empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma).
Las ayudas beneficiarán a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme),
según se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo
de 2003, y podrán otorgarse para los ámbitos materiales de actuación definidos en
el artículo 2.1 de las bases reguladoras, situados en cualquier zona geográfica.
Dichos proyectos se desarrollan en el marco de la inversión 2, “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial”, de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que persigue la realización de acciones
que faciliten ultra conectividad en los principales motores socioeconómicos del
país y áreas de alta demanda de capacidad (islas tecnológicas), con el objetivo de
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Objeto