Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240927-43)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 219
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Líneas de evacuación a 30 kV hasta subestación Arroyo de la Vega Renovables 30/220 kV.
— Subestación Arroyo de la Vega Renovables 30/220 kV.
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Arroyo de la
Vega Renovables y la subestación Arroyo de la Vega 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, S. A. U., que incluye la estación de medida fiscal.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción
de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 25 de abril de 2023, 26 de diciembre de 2023, 18 de
enero de 2024 y 24 de junio de 2024, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta
Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha manifestado conformidad con la propuesta de resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en concreto, de
utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de
autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas,
Primero.—Otorgar a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid,
en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.—Otorgar a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San
Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid, con las características definidas en el “Proyecto Técnico Administrativo FV Azor Solar de 75,12 MWp y 64,07 MVA
e infraestructura de evacuación en 30 kV, en el T. M. de Paracuellos de Jarama”, fechado
en marzo de 2023, “Adenda al Proyecto Técnico Administrativo Planta Fotovoltaica FV
Azor Solar de 71,373 MWp y 64,02 MVA e infraestructura de evacuación en 30 kV, T. M.
de Paracuellos de Jarama”, fechado en diciembre de 2023, “Proyecto de Ejecución Evacuación de energía de plantas fotovoltaicas en Subestación Transformadora Arroyo de la Vega
Renovables 220/30 kV, en el T. M. de Paracuellos de Jarama”, fechado en marzo de 2023, y
el “Proyecto Oficial de Ejecución L/220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la
Vega REE, en los TT. MM. de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas”, fechado en abril de 2023, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
64,07 MW.
BOCM-20240927-43
RESUELVE
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 219
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes
actuaciones:
— Líneas de evacuación a 30 kV hasta subestación Arroyo de la Vega Renovables 30/220 kV.
— Subestación Arroyo de la Vega Renovables 30/220 kV.
— Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Arroyo de la
Vega Renovables y la subestación Arroyo de la Vega 220 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, S. A. U., que incluye la estación de medida fiscal.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción
de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 25 de abril de 2023, 26 de diciembre de 2023, 18 de
enero de 2024 y 24 de junio de 2024, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta
Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha manifestado conformidad con la propuesta de resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción del proyecto y declaración, en concreto, de
utilidad pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de
autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas,
Primero.—Otorgar a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid,
en los términos que se recogen en la presente resolución.
Segundo.—Otorgar a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San
Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid, con las características definidas en el “Proyecto Técnico Administrativo FV Azor Solar de 75,12 MWp y 64,07 MVA
e infraestructura de evacuación en 30 kV, en el T. M. de Paracuellos de Jarama”, fechado
en marzo de 2023, “Adenda al Proyecto Técnico Administrativo Planta Fotovoltaica FV
Azor Solar de 71,373 MWp y 64,02 MVA e infraestructura de evacuación en 30 kV, T. M.
de Paracuellos de Jarama”, fechado en diciembre de 2023, “Proyecto de Ejecución Evacuación de energía de plantas fotovoltaicas en Subestación Transformadora Arroyo de la Vega
Renovables 220/30 kV, en el T. M. de Paracuellos de Jarama”, fechado en marzo de 2023, y
el “Proyecto Oficial de Ejecución L/220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la
Vega REE, en los TT. MM. de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas”, fechado en abril de 2023, y con las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
— Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
— Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
64,07 MW.
BOCM-20240927-43
RESUELVE