Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240927-43)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 215
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
43
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Dirección General de Política Energética y Minas
SEE/DGPEM/SGEE/ Resolución AAP mod, AAC y DUP (PFot-326).
(i) En cuanto a la generación, durante la tramitación de la autorización administrativa
previa, el promotor presentó una adenda al proyecto del parque fotovoltaico donde aplicó una reducción de superficie en consonancia con las demandas de los organismos ambientales pasando de una superficie inicial de 258,95 hectáreas, a una
superficie de 186,72 hectáreas. Asimismo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, requirió en la DIA una reducción adicional de 135 hectáreas para el conjunto de los proyectos Azor y Avutarda (PFot-326 y PFot-238). Como resultado
de dicha evaluación, Azor Solar, S. L. U., presenta proyecto técnico administrativo donde la superficie final de la planta fotovoltaica Azor Solar es de 75,94 hectáreas, resultando en una potencia final de 75,12 MW pico en módulos, frente a
los 162,5 MW pico de la solicitud inicial.
(ii) En cuanto a la evacuación, se realiza el soterramiento de los primeros 4,75 km de
la línea de evacuación a 220 kV, concretamente entre la subestación transformadora ST Arroyo de la Vega Renovables 220/30 kV y el apoyo PAS 1, coincidente
con la estación de medida fiscal. Permanecerá en aéreo el último tramo de 0,07 km,
entre el apoyo PAS 1 y la subestación Arroyo de la Vega 220 kV, perteneciente a
Red Eléctrica de España, S. A.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, se
recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
BOCM-20240927-43
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa y autorización administrativa
de construcción para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del
Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid y se declara,
en concreto, su utilidad pública.
Azor Solar, S. L. U., solicitó, con fecha 20 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 125 MWp, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su infraestructura de evacuación
asociada: Subestación Transformadora ST Arroyo de la Vega Renovables 220/30 kV y línea a 220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la Vega, perteneciente a Red Eléctrica de España, S. A.
Mediante Resolución de 18 de abril de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica Azor Solar, de 69,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San Sebastián de
los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 109, del 8 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 12 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 26, de 31 de enero de 2023,
para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre
otras, las siguientes modificaciones:
B.O.C.M. Núm. 231
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 215
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
43
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Dirección General de Política Energética y Minas
SEE/DGPEM/SGEE/ Resolución AAP mod, AAC y DUP (PFot-326).
(i) En cuanto a la generación, durante la tramitación de la autorización administrativa
previa, el promotor presentó una adenda al proyecto del parque fotovoltaico donde aplicó una reducción de superficie en consonancia con las demandas de los organismos ambientales pasando de una superficie inicial de 258,95 hectáreas, a una
superficie de 186,72 hectáreas. Asimismo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, requirió en la DIA una reducción adicional de 135 hectáreas para el conjunto de los proyectos Azor y Avutarda (PFot-326 y PFot-238). Como resultado
de dicha evaluación, Azor Solar, S. L. U., presenta proyecto técnico administrativo donde la superficie final de la planta fotovoltaica Azor Solar es de 75,94 hectáreas, resultando en una potencia final de 75,12 MW pico en módulos, frente a
los 162,5 MW pico de la solicitud inicial.
(ii) En cuanto a la evacuación, se realiza el soterramiento de los primeros 4,75 km de
la línea de evacuación a 220 kV, concretamente entre la subestación transformadora ST Arroyo de la Vega Renovables 220/30 kV y el apoyo PAS 1, coincidente
con la estación de medida fiscal. Permanecerá en aéreo el último tramo de 0,07 km,
entre el apoyo PAS 1 y la subestación Arroyo de la Vega 220 kV, perteneciente a
Red Eléctrica de España, S. A.
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, se
recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
BOCM-20240927-43
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa y autorización administrativa
de construcción para la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 64,02 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del
Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid y se declara,
en concreto, su utilidad pública.
Azor Solar, S. L. U., solicitó, con fecha 20 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Azor Solar, de 125 MWp, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), y de su infraestructura de evacuación
asociada: Subestación Transformadora ST Arroyo de la Vega Renovables 220/30 kV y línea a 220 kV Arroyo de la Vega Renovables-Arroyo de la Vega, perteneciente a Red Eléctrica de España, S. A.
Mediante Resolución de 18 de abril de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Azor Solar, S. L. U., autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica Azor Solar, de 69,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Paracuellos del Jarama, San Sebastián de
los Reyes y Alcobendas, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 109, del 8 de
mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la Resolución de 12 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 26, de 31 de enero de 2023,
para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre
otras, las siguientes modificaciones: