C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240927-14)
Bases subvenciones – Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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Pág. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Objetivo medioambiental
B.O.C.M. Núm. 231
Condición específica
El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial: (i)
del buen estado o ecológico de las masas de
agua, incluidas al buen potencial las aguas
superficiales y subterráneas; o (ii) para el
buen estado medioambiental de las aguas
marinas?
− En el proyecto no se incluirán actuaciones
de infraestructuras que puedan alterar la
hidrología.
Transición a una economía circular, incluidos
la prevención y el reciclaje de residuos.
¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un
aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de residuos, excepto
la incineración de residuos peligrosos no
reciclables; o (ii) genere importantes ineficiencias en el uso directo o indirecto de recursos naturales en cualquiera de las fases
de su ciclo de vida, que no se minimicen con
medidas adecuadas; o (iii) dé lugar a un perjuicio significativo y a largo plazo para el
medio ambiente en relación a la economía
circular?
− Los equipos no contendrán las sustancias
restringidas enumeradas en el anexo II de la
Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los
valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados
en dicho anexo.
− Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de
reutilización, recuperación o reciclaje, o un
tratamiento adecuado, incluida la eliminación
de todos los fluidos y un tratamiento selectivo
de acuerdo con el anexo VII de la Directiva
2012/19/UE.
− Existe un plan de gestión de residuos que
garantiza el máximo reciclaje, al final de su
vida útil, de los equipos eléctricos y electrónicos.
Prevención y el control de la contaminación.
¿Se espera que la medida dé lugar a un
aumento significativo de las emisiones de
contaminantes a la atmósfera, el agua o el
suelo?
− Se adoptarán medidas para reducir el ruido,
el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre
cumpliendo la normativa de aplicación vigente
en cuanto a la posible contaminación de
suelos y agua.
Protección y restauración de la biodiversidad
y los ecosistemas.
¿Se espera que la medida (i) vaya en gran
medida en detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas; o
(ii) vaya en detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en
particular de aquellos de interés para la
Unión?
− Se asegurará que las instalaciones de infraestructuras IT no afectarán negativamente
a las buenas condiciones y la resiliencia de
los ecosistemas, tampoco al estado de conservación de los hábitats y las especies, en
particular los espacios de interés de la Unión
incluida la Red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la Unesco y otras áreas protegidas. Por ello, cuando
sea preceptivo, se realizará la evaluación de
impacto medioambiental, de acuerdo con lo
establecido en la Directiva 2011/92/EU.
Por último, se compromete a cumplir con las condiciones específicas para la ejecución de la inversión C15.I2 según se establece en el Anexo II del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por
el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades
de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
BOCM-20240927-14
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Objetivo medioambiental
B.O.C.M. Núm. 231
Condición específica
El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial: (i)
del buen estado o ecológico de las masas de
agua, incluidas al buen potencial las aguas
superficiales y subterráneas; o (ii) para el
buen estado medioambiental de las aguas
marinas?
− En el proyecto no se incluirán actuaciones
de infraestructuras que puedan alterar la
hidrología.
Transición a una economía circular, incluidos
la prevención y el reciclaje de residuos.
¿Se espera que la medida (i) dé lugar a un
aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de residuos, excepto
la incineración de residuos peligrosos no
reciclables; o (ii) genere importantes ineficiencias en el uso directo o indirecto de recursos naturales en cualquiera de las fases
de su ciclo de vida, que no se minimicen con
medidas adecuadas; o (iii) dé lugar a un perjuicio significativo y a largo plazo para el
medio ambiente en relación a la economía
circular?
− Los equipos no contendrán las sustancias
restringidas enumeradas en el anexo II de la
Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los
valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados
en dicho anexo.
− Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de
reutilización, recuperación o reciclaje, o un
tratamiento adecuado, incluida la eliminación
de todos los fluidos y un tratamiento selectivo
de acuerdo con el anexo VII de la Directiva
2012/19/UE.
− Existe un plan de gestión de residuos que
garantiza el máximo reciclaje, al final de su
vida útil, de los equipos eléctricos y electrónicos.
Prevención y el control de la contaminación.
¿Se espera que la medida dé lugar a un
aumento significativo de las emisiones de
contaminantes a la atmósfera, el agua o el
suelo?
− Se adoptarán medidas para reducir el ruido,
el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre
cumpliendo la normativa de aplicación vigente
en cuanto a la posible contaminación de
suelos y agua.
Protección y restauración de la biodiversidad
y los ecosistemas.
¿Se espera que la medida (i) vaya en gran
medida en detrimento de las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas; o
(ii) vaya en detrimento del estado de conservación de los hábitats y las especies, en
particular de aquellos de interés para la
Unión?
− Se asegurará que las instalaciones de infraestructuras IT no afectarán negativamente
a las buenas condiciones y la resiliencia de
los ecosistemas, tampoco al estado de conservación de los hábitats y las especies, en
particular los espacios de interés de la Unión
incluida la Red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la Unesco y otras áreas protegidas. Por ello, cuando
sea preceptivo, se realizará la evaluación de
impacto medioambiental, de acuerdo con lo
establecido en la Directiva 2011/92/EU.
Por último, se compromete a cumplir con las condiciones específicas para la ejecución de la inversión C15.I2 según se establece en el Anexo II del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por
el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades
de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
BOCM-20240927-14
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