Valdemoro (BOCM-20240926-42)
Régimen económico. Plan disposición fondos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 230
Una vez aprobado, será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID, entrando en vigor desde el día siguiente a dicha publicación. Asimismo,
será objeto de publicación en la web del Ayuntamiento de Valdemoro.
El Plan de Disposición de Fondos mantendrá su vigencia en tanto no se proceda a su
derogación expresa o a la aprobación de un nuevo Plan que lo sustituya».
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer,
con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Valdemoro, a 16 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde
Rodríguez.
(03/14.901/24)
BOCM-20240926-42
DAD DE
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 230
Una vez aprobado, será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID, entrando en vigor desde el día siguiente a dicha publicación. Asimismo,
será objeto de publicación en la web del Ayuntamiento de Valdemoro.
El Plan de Disposición de Fondos mantendrá su vigencia en tanto no se proceda a su
derogación expresa o a la aprobación de un nuevo Plan que lo sustituya».
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer,
con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, desde la misma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Valdemoro, a 16 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, David Conde
Rodríguez.
(03/14.901/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791