Velilla de San Antonio (BOCM-20240926-43)
Organización y funcionamiento. Bases generales subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VELILLA DE SAN ANTONIO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo del Pleno de 17 de julio de 2024, del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, por la que se aprueba definitivamente las bases reguladoras de las convocatorias de
subvenciones a las asociaciones, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.
Habiéndose aprobado definitivamente las bases reguladoras de las convocatorias de
subvenciones a las asociaciones, sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, cuyo texto íntegro se hace público para
su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley de
Bases del Régimen Local.

— Actividades con ánimo de lucro.
— Actividades que ya se encuentren financiadas en la oferta municipal de las distintas concejalías.
— Asociaciones que hayan obtenido subvenciones nominativas del Ayuntamiento en
el año en curso.
— Actividades que promuevan o justifiquen cualquier forma de discriminación por
motivos de raza, sexo, religión o cualquier otra razón que atente contra los derechos fundamentales de las personas.
— Proyectos con carácter plurianual, cuya ejecución exceda del período anual que se
establece en la convocatoria.
— Los proyectos que se desarrollen fuera del término municipal de Velilla de San
Antonio.
— Actividades que se refieran a competencias de la Comunidad Autónoma o estatal.

BOCM-20240926-43

«Artículo 1. Objeto y beneficiarios.—El Ayuntamiento de Velilla de San Antonio,
en virtud de lo establecido en el art. 22.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General
de Subvenciones; a la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y conforme al Presupuesto Municipal en vigor, establece las bases para las convocatorias en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas
económicas a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad y tengan domicilio fiscal y efectivo en el municipio de Velilla de San Antonio y que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
El objeto de la presentes bases reguladoras es la financiación de aquellos proyectos
realizados o pendientes de realizar por las asociaciones, dirigidos a promover la participación de los vecinos y vecinas en las políticas públicas municipales, implicación ciudadana
en la ejecución de la mismas y en el fomento y el fortalecimiento del asociacionismo, contribuyendo a conseguir el objetivo de desarrollo sostenible 16.7, de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Podrán beneficiarse de estas Subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro que lleven a cabo gastos para proyectos o actividades relacionadas con el área de Participación
Ciudadana, orientadas a Servicios Sociales, Sanidad, Consumo, Educación, Juventud, Infancia, Medio Ambiente y Transición Ecológica, Mayores, Obras y Servicios, Innovación,
Desarrollo local, Deporte, Cultura, e Igualdad.
Art. 2. Régimen jurídico.—Las subvenciones reguladas en las Bases de esta Convocatoria se regirán por lo dispuesto en la misma, así como por lo dispuesto en el siguiente
marco normativo: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento de desarrollo de la Ley anterior aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor.
Art 3. Exclusiones: