D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240925-15)
Convenio – Convenio de 2 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 229
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
15
CONVENIO de 2 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024.
En Madrid, a 2 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Miguel Ángel García Martín, en calidad de Consejero de
Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 26 de junio de 2023), actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, don José Antonio Luengo Latorre, en nombre y representación del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, en su calidad de Decano-Presidente, en virtud de
lo establecido en el artículo 45 de los Estatutos de la Corporación, publicados por Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la modificación parcial de
los Estatutos de la Corporación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 280 de 24 de noviembre de 2023).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley
Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, regula, en su título IV, la organización judicial de esta
Comunidad Autónoma, atribuyendo en su artículo 49.1 al Gobierno de la Comunidad de
Madrid el ejercicio de todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya
al Gobierno de la Nación.
Segundo
Que el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
Local, regula en su artículo 1 las competencias que en materia de justicia le corresponden
a la citada Consejería.
Que en el marco de las funciones traspasadas a la Comunidad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en los Reales Decretos 600/2002, de 1 de julio, y 1429/2002, de 27 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, incumbe a esta Administración autonómica la
gestión del personal al servicio de la Administración de Justicia.
BOCM-20240925-15
Tercero
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MIÉRCOLES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 229
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
15
CONVENIO de 2 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, para el refuerzo en la emisión de informes periciales pendientes en los órganos judiciales de la Comunidad de Madrid en el año 2024.
En Madrid, a 2 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. Miguel Ángel García Martín, en calidad de Consejero de
Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 26 de junio de 2023), actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, don José Antonio Luengo Latorre, en nombre y representación del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, en su calidad de Decano-Presidente, en virtud de
lo establecido en el artículo 45 de los Estatutos de la Corporación, publicados por Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la modificación parcial de
los Estatutos de la Corporación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 280 de 24 de noviembre de 2023).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el
presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley
Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, regula, en su título IV, la organización judicial de esta
Comunidad Autónoma, atribuyendo en su artículo 49.1 al Gobierno de la Comunidad de
Madrid el ejercicio de todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuya
al Gobierno de la Nación.
Segundo
Que el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
Local, regula en su artículo 1 las competencias que en materia de justicia le corresponden
a la citada Consejería.
Que en el marco de las funciones traspasadas a la Comunidad de Madrid, conforme a
lo dispuesto en los Reales Decretos 600/2002, de 1 de julio, y 1429/2002, de 27 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, incumbe a esta Administración autonómica la
gestión del personal al servicio de la Administración de Justicia.
BOCM-20240925-15
Tercero