C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240924-13)
Regulación pruebas titulación académica –  Orden 3944/2024, de 8 de septiembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria destinadas a personas mayores de dieciocho años en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 3944/2024, de 8 de septiembre, de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título
de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria destinadas a personas mayores de dieciocho años en la Comunidad de Madrid.

El artículo 68.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que
corresponde a las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (en adelante, ESO). Además, las administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias para
asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o
identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.
Como desarrollo reglamentario de esta norma se publicó el Real Decreto 217/2022,
de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, que en los apartados octavo y noveno de su disposición adicional tercera determina que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho
años puedan obtener directamente el título de Graduado en ESO, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Estas pruebas se basarán en los
tres ámbitos de conocimientos en los que se organiza la oferta de la ESO para personas
adultas y corresponderá a las propias administraciones determinar las partes de las mismas
que se considerará que tienen superadas quienes concurran a ellas, de acuerdo con su historia académica previa. Asimismo, establece que corresponderá a las administraciones educativas garantizar que estas pruebas cuenten con las medidas de accesibilidad universal y
las adaptaciones que precisen todos los alumnos con necesidades educativas especiales.
Para su concreción en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se publicó el
Decreto 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la
Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria,
que, en el apartado octavo de su disposición adicional tercera recoge que la consejería competente en materia de Educación organizará periódicamente pruebas para que las personas
mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en ESO,
siempre que hayan alcanzado las competencias clave y los objetivos de la etapa. Estas pruebas se organizarán conforme a los ámbitos de conocimiento en los que se ordena la ESO
para personas adultas. Corresponderá a dicha consejería determinar las partes de las mismas que se consideren superadas por quienes concurran a ellas, de acuerdo con su historia
académica previa. Se garantizará que las pruebas cuenten con las medidas de accesibilidad
universal y las adaptaciones que precisen los alumnos con necesidades de apoyo educativo.
Actualmente estas pruebas se organizan conforme a la Orden 2649/2017, de 17 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan las pruebas
libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria destinadas a personas mayores de dieciocho años en la Comunidad de Madrid. No obstante, ante
los cambios normativos expuestos, resulta necesario el desarrollo reglamentario de este
nuevo marco normativo para facilitar la organización y desarrollo de las pruebas y regular
los términos y condiciones en los que deben realizarse las convocatorias de las mismas, así
como para adaptar estas a la ordenación y currículo establecidos para la ESO.
Esta orden se divide en seis capítulos. El primer capítulo aborda las disposiciones generales en las que, además del objeto y ámbito de aplicación de la norma, se determina la
finalidad de las pruebas, se establecen los destinatarios y requisitos para la participación y
se definen las bases para resolver la convocatoria periódica de estas pruebas. El segundo
capítulo se dedica a la concreción de los aspectos relacionados con la inscripción, solicitud
de participación, documentación a presentar, así como la admisión y exclusión en las prue-

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