Velilla de San Antonio (BOCM-20240924-57)
Régimen económico. Bases ayudas material escolar
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 247
BOCM-20240924-57
Esta resolución se hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Velilla de
San Antonio, en la web municipal, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el sistema
nacional de publicidad de subvenciones.
Art. 10. Procedimiento de pago de las ayudas.—El importe subvencionado será satisfecho por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio mediante transferencia bancaria, a la
cuenta de la que el representante del alumno beneficiario sea titular, previa justificación de las
mismas, no pudiendo ser en ningún caso superior al gasto realizado por el beneficiario.
Art. 11. Publicidad.—El extracto de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, una vez se haya presentado ante la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) el texto de la convocatoria y la información requerida
para su publicación, de acuerdo con lo establecido para la publicidad de las subvenciones y
ayudas públicas de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Velilla de San Antonio, de 13 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, Antonia Alcázar
Jiménez.
(03/14.793/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 247
BOCM-20240924-57
Esta resolución se hará pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Velilla de
San Antonio, en la web municipal, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el sistema
nacional de publicidad de subvenciones.
Art. 10. Procedimiento de pago de las ayudas.—El importe subvencionado será satisfecho por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio mediante transferencia bancaria, a la
cuenta de la que el representante del alumno beneficiario sea titular, previa justificación de las
mismas, no pudiendo ser en ningún caso superior al gasto realizado por el beneficiario.
Art. 11. Publicidad.—El extracto de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, una vez se haya presentado ante la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) el texto de la convocatoria y la información requerida
para su publicación, de acuerdo con lo establecido para la publicidad de las subvenciones y
ayudas públicas de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Velilla de San Antonio, de 13 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, Antonia Alcázar
Jiménez.
(03/14.793/24)
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ISSN 1989-4791