Velilla de San Antonio (BOCM-20240924-57)
Régimen económico. Bases ayudas material escolar
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
alumno/a en el curso escolar. Están contempladas las licencias electrónicas para
libros de texto.
No están contemplados los soportes electrónicos, como iPad o tablet.
No están contemplados los libros de lectura.
Sólo se subvencionará aquellos libros que no estén incluidos en el Plan accede o libros de alumnado en el que su centro de escolarización no cuente con dicho plan,
aportando certificado del centro educativo de no ser beneficiarios del plan accede.
Material Escolar: Están contempladas las mochilas, estuches y agendas escolares,
así como todo aquel material fungible necesario, como cuadernos, bolígrafos, sacapuntas, goma de borrar, crayones, reglas, compás, blog de dibujo, material específico para la FP básica (material para el taller)..., quedando excluido: tóner, tinta para la impresora, accesorios como neceser, bolsa para calzado, accesorios de
infantil como cojines o bolsa, material higiénico-sanitario.
Cooperativa Escolar: Deberá estar debidamente sellada por el centro escolar y especificando el concepto de Cooperativa escolar.
— Relativo al centro educativo: Sólo se contemplarán escolares matriculados en centros públicos o concertados, excluyendo los centros privados.
— Relativo a los niveles educativos: La concesión de ayuda quedará establecida tal y
como queda especificada en el artículo 8 de la presente convocatoria.
Art. 2. Régimen jurídico y procedimiento.—La convocatoria se regirá por lo previsto en las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
y Reglamento de desarrollo de ésta, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, y en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.
Art. 3. Requisitos para obtener las ayudas.—Podrán beneficiarse de estas ayudas públicas los solicitantes que cumplan todos los requisitos que a continuación se detallan:
— Estar empadronado y residir en el municipio de Velilla de San Antonio con anterioridad al inicio del proceso de solicitud, tanto el alumno o alumna como su madre, padre o tutor legal. En éste último supuesto será necesario la acreditación mediante la aportación de sentencia judicial, de la persona que ostente la custodia del
menor. Dicho dato será comprobado a través de Padrón de Habitantes de este
Ayuntamiento.
— Menores de 18 años, escolarizados en la etapa escolar señalada en el artículo 1.
— Los padres o tutores legales del beneficiario no deberán tener contraídas deudas
con el Ayuntamiento. Esta circunstancia será comprobada por los servicios municipales correspondientes.
— No se considerarán en situación de incumplimiento del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias los contribuyentes que tengan concedido o en trámite un aplazamiento o fraccionamiento de deudas, siempre y cuando no hubieran incumplido dentro de los plazos establecidos por la
administración el pago del fraccionamiento que en su caso se le hubiera concedido con anterioridad.
— El alumnado deberá estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos
de la Comunidad de Madrid en una de las etapas educativas recogidas en las presentes bases.
— Presentar la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.
— La renta de la unidad familiar del año anterior a la convocatoria no podrá superar
el umbral máximo establecido para cada año, resultado del cálculo: Base imponible general + Base imponible del ahorro – Cuota resultante de la autoliquidación.
Art. 4. Documentación requerida.—Dónde dice:
La presentación de la solicitud de ayuda supondrá la aceptación íntegra de las presentes bases reguladoras para el otorgamiento de las ayudas:
— Solicitud de ayuda debidamente cumplimentada, de acuerdo con el impreso facilitado por el Ayuntamiento.
— DNI de la persona que firma la solicitud y del DNI del alumno en su caso.
— Libro de familia (hoja de la inscripción de los padres y del nacimiento del alumno).
— Declaración responsable en la que conste que el o los representantes legales de los
beneficiarios se hallan al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales
con la Agencia Tributaria, el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio y la Seguridad Social. Así como que de conformidad con la Ley 38/2003, General de Sub-
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BOCM-20240924-57
BOCM
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MARTES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2024
alumno/a en el curso escolar. Están contempladas las licencias electrónicas para
libros de texto.
No están contemplados los soportes electrónicos, como iPad o tablet.
No están contemplados los libros de lectura.
Sólo se subvencionará aquellos libros que no estén incluidos en el Plan accede o libros de alumnado en el que su centro de escolarización no cuente con dicho plan,
aportando certificado del centro educativo de no ser beneficiarios del plan accede.
Material Escolar: Están contempladas las mochilas, estuches y agendas escolares,
así como todo aquel material fungible necesario, como cuadernos, bolígrafos, sacapuntas, goma de borrar, crayones, reglas, compás, blog de dibujo, material específico para la FP básica (material para el taller)..., quedando excluido: tóner, tinta para la impresora, accesorios como neceser, bolsa para calzado, accesorios de
infantil como cojines o bolsa, material higiénico-sanitario.
Cooperativa Escolar: Deberá estar debidamente sellada por el centro escolar y especificando el concepto de Cooperativa escolar.
— Relativo al centro educativo: Sólo se contemplarán escolares matriculados en centros públicos o concertados, excluyendo los centros privados.
— Relativo a los niveles educativos: La concesión de ayuda quedará establecida tal y
como queda especificada en el artículo 8 de la presente convocatoria.
Art. 2. Régimen jurídico y procedimiento.—La convocatoria se regirá por lo previsto en las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
y Reglamento de desarrollo de ésta, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, y en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.
Art. 3. Requisitos para obtener las ayudas.—Podrán beneficiarse de estas ayudas públicas los solicitantes que cumplan todos los requisitos que a continuación se detallan:
— Estar empadronado y residir en el municipio de Velilla de San Antonio con anterioridad al inicio del proceso de solicitud, tanto el alumno o alumna como su madre, padre o tutor legal. En éste último supuesto será necesario la acreditación mediante la aportación de sentencia judicial, de la persona que ostente la custodia del
menor. Dicho dato será comprobado a través de Padrón de Habitantes de este
Ayuntamiento.
— Menores de 18 años, escolarizados en la etapa escolar señalada en el artículo 1.
— Los padres o tutores legales del beneficiario no deberán tener contraídas deudas
con el Ayuntamiento. Esta circunstancia será comprobada por los servicios municipales correspondientes.
— No se considerarán en situación de incumplimiento del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias los contribuyentes que tengan concedido o en trámite un aplazamiento o fraccionamiento de deudas, siempre y cuando no hubieran incumplido dentro de los plazos establecidos por la
administración el pago del fraccionamiento que en su caso se le hubiera concedido con anterioridad.
— El alumnado deberá estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos
de la Comunidad de Madrid en una de las etapas educativas recogidas en las presentes bases.
— Presentar la solicitud en el plazo establecido en esta convocatoria.
— La renta de la unidad familiar del año anterior a la convocatoria no podrá superar
el umbral máximo establecido para cada año, resultado del cálculo: Base imponible general + Base imponible del ahorro – Cuota resultante de la autoliquidación.
Art. 4. Documentación requerida.—Dónde dice:
La presentación de la solicitud de ayuda supondrá la aceptación íntegra de las presentes bases reguladoras para el otorgamiento de las ayudas:
— Solicitud de ayuda debidamente cumplimentada, de acuerdo con el impreso facilitado por el Ayuntamiento.
— DNI de la persona que firma la solicitud y del DNI del alumno en su caso.
— Libro de familia (hoja de la inscripción de los padres y del nacimiento del alumno).
— Declaración responsable en la que conste que el o los representantes legales de los
beneficiarios se hallan al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales
con la Agencia Tributaria, el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio y la Seguridad Social. Así como que de conformidad con la Ley 38/2003, General de Sub-
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