C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240923-21)
Retribuciones inspectores educación – Orden de 9 de septiembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre adecuación del componente singular del complemento específico para los funcionarios docentes del Cuerpo de Inspectores de Educación
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 227
LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
Se trata de actuaciones que, de modo gradual, han pasado a tener carácter estructural,
por lo que, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades se considera oportuno que sean compensadas mediante la adecuación del componente singular del complemento específico que mensualmente
perciben los Inspectores de Educación en la misma cuantía que el complemento de productividad previsto para el curso 2023-2024.
De conformidad con el artículo 21.a) del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, corresponde su Dirección General de Recursos Humanos la propuesta a los órganos competentes de la regulación relativa al régimen jurídico
del personal docente en el ámbito de sus competencias, así como la ejecución de la política del personal docente, la programación de las necesidades del mismo, así como la distribución, seguimiento y control del cupo del profesorado.
En la elaboración de la presente Orden se han tenido en cuenta los principios de buena regulación exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 1c.1 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad,
de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de
personal, y previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto la adecuación retributiva del “Componente singular del complemento específico” que mensualmente perciben los Inspectores de Educación
con destino en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a los que se les asignan los siguientes importes:
— Jefe de Inspección tipo A: 1.906,73 euros.
— Jefe de Inspección tipos B y C: 1.749,50 euros.
— Inspector Jefe adjunto: 1.525,68 euros.
— Inspector Jefe de distrito: 1.445,64 euros.
— Inspector coordinador equipos sectoriales: 1.445,64 euros.
— Inspectores de Educación: 1.184,84 euros.
Estas cuantías se percibirán mensualmente y en las dos pagas extraordinarias, con
efectos desde el inicio del curso escolar 2024-2025.
Artículo 2
Actualización de las cuantías
Los importes establecidos para el componente singular del complemento específico de
los puestos indicados se ajustarán a las previsiones que en materia de incremento retributivo aprueben las sucesivas Leyes Generales de Presupuestos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de septiembre de 2024.
LETÍN
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
(03/14.650/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240923-21
Entrada en vigor
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 227
LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 75
Se trata de actuaciones que, de modo gradual, han pasado a tener carácter estructural,
por lo que, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades se considera oportuno que sean compensadas mediante la adecuación del componente singular del complemento específico que mensualmente
perciben los Inspectores de Educación en la misma cuantía que el complemento de productividad previsto para el curso 2023-2024.
De conformidad con el artículo 21.a) del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, corresponde su Dirección General de Recursos Humanos la propuesta a los órganos competentes de la regulación relativa al régimen jurídico
del personal docente en el ámbito de sus competencias, así como la ejecución de la política del personal docente, la programación de las necesidades del mismo, así como la distribución, seguimiento y control del cupo del profesorado.
En la elaboración de la presente Orden se han tenido en cuenta los principios de buena regulación exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 1c.1 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad,
de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de
personal, y previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto la adecuación retributiva del “Componente singular del complemento específico” que mensualmente perciben los Inspectores de Educación
con destino en la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, a los que se les asignan los siguientes importes:
— Jefe de Inspección tipo A: 1.906,73 euros.
— Jefe de Inspección tipos B y C: 1.749,50 euros.
— Inspector Jefe adjunto: 1.525,68 euros.
— Inspector Jefe de distrito: 1.445,64 euros.
— Inspector coordinador equipos sectoriales: 1.445,64 euros.
— Inspectores de Educación: 1.184,84 euros.
Estas cuantías se percibirán mensualmente y en las dos pagas extraordinarias, con
efectos desde el inicio del curso escolar 2024-2025.
Artículo 2
Actualización de las cuantías
Los importes establecidos para el componente singular del complemento específico de
los puestos indicados se ajustarán a las previsiones que en materia de incremento retributivo aprueben las sucesivas Leyes Generales de Presupuestos.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de septiembre de 2024.
LETÍN
La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
(03/14.650/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240923-21
Entrada en vigor