C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240923-22)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 12 de septiembre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan, para el año 2024, subvenciones públicas destinadas a la financiación del “Programa de Jóvenes Investigadores”, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 227
da por el Ministerio competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación.
2. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo en la Comunidad de
Madrid.
Sexto.
Acción subvencionable y cuantía
1. Al amparo de esta Orden resultan subvencionables las contrataciones de personas
jóvenes destinatarias de este programa, que tengan una duración de, al menos, 12 meses,
realizadas a jornada completa por los organismos y entidades establecidas en esta convocatoria, para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa de Jóvenes Investigadores que sean competencia propia u originaria o por delegación, encargo o encomienda.
2. Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de
los costes laborales, durante un período de 12 meses, incluyendo los gastos salariales y de
cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean
contratadas, en la modalidad de contratación que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa, de acuerdo con la legislación de aplicación.
3. El importe de la subvención se calculará de acuerdo con las previsiones recogidas
en el proyecto presentado, en función del número de personas que se prevé contratar y de
los siguientes módulos:
a) Módulo A: En el caso de jóvenes que estén en posesión de una titulación de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, el módulo ascenderá a 22.405,94
euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros al mes), debiendo producirse el alta de este personal en los grupos de cotización de la Seguridad Social 5 a 9, ambos inclusive.
b) Módulo B: En el caso de jóvenes con alguna de las siguientes titulaciones: Máster,
Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Doctorado, el módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona
contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), debiendo realizar el
alta en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 o 2.
Séptimo.
Plazo de presentación de solicitudes
BOCM-20240923-22
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, iniciándose a
partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 12 de septiembre de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
(03/14.897/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 227
da por el Ministerio competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación.
2. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo en la Comunidad de
Madrid.
Sexto.
Acción subvencionable y cuantía
1. Al amparo de esta Orden resultan subvencionables las contrataciones de personas
jóvenes destinatarias de este programa, que tengan una duración de, al menos, 12 meses,
realizadas a jornada completa por los organismos y entidades establecidas en esta convocatoria, para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa de Jóvenes Investigadores que sean competencia propia u originaria o por delegación, encargo o encomienda.
2. Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de
los costes laborales, durante un período de 12 meses, incluyendo los gastos salariales y de
cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean
contratadas, en la modalidad de contratación que mejor se ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa, de acuerdo con la legislación de aplicación.
3. El importe de la subvención se calculará de acuerdo con las previsiones recogidas
en el proyecto presentado, en función del número de personas que se prevé contratar y de
los siguientes módulos:
a) Módulo A: En el caso de jóvenes que estén en posesión de una titulación de Formación Profesional de Grado Medio o Superior, el módulo ascenderá a 22.405,94
euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros al mes), debiendo producirse el alta de este personal en los grupos de cotización de la Seguridad Social 5 a 9, ambos inclusive.
b) Módulo B: En el caso de jóvenes con alguna de las siguientes titulaciones: Máster,
Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Doctorado, el módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona
contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), debiendo realizar el
alta en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 o 2.
Séptimo.
Plazo de presentación de solicitudes
BOCM-20240923-22
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, iniciándose a
partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 12 de septiembre de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
(03/14.897/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791