Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240919-28)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 224
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Tomando en consideración que, mediante Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorga a Lirio Desarrollos España, S. L.,
la autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica “La Vaguada”,
de 108,8 MW de potencia pico y 88,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en Cedillo del Condado (Toledo).
Y que, mediante Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorga a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica “Páramos de la Sagra” de 93 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Cedillo del Condado y Lominchar (Toledo) y Leganés (Madrid).
Previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre la
solicitud, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 28 de junio de 2024 se autoriza la transmisión de titularidad de parte de la infraestructura de evacuación común autorizada a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., mediante la Resolución
de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Páramos de la Sagra” a favor de Lirio Desarollos España, S. L., como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Vaguada”.
Así, la solicitud de Lirio comprende las siguientes actuaciones:
1. PSFV La Vaguada.
2. Subestación colectora Cedillo-Fortuna 220 kV, en la que queda englobada la subestación La Vaguada 30/220 kV.
3. Línea L/220 kV DC SE Cedillo-SE Carranque.
4. Subestación Colectora Carranque.
5. Línea aero-subterránea en 220 kV 4C Nudos Leganés-Fortuna-Prado-Ventas (Eje
central evacuación 4C).
6. Línea subterránea 220 kV desde DC a SE Fortuna (REE).
Considerando que el artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
permite que las modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa obtengan autorización administrativa de construcción sin requerir una nueva autorización administrativa previa cuando se cumplan la totalidad de las
condiciones dispuestas en el mismo.
En relación con las modificaciones introducidas en la planta fotovoltaica La Vaguada (1)
y en la subestación Cedillo-Fortuna (2), el Lirio presenta con fecha 13 de octubre de 2023,
escrito justificando el cumplimiento de la totalidad de las condiciones establecidas en el citado artículo 115.2 y, entre ellas, que no se requiera declaración, en concreto, de utilidad
pública para la realización de las modificaciones planteadas.
No aporta justificación de cumplimiento del precitado artículo 115.2 en lo relativo a
las modificaciones introducidas en la Línea Eléctrica Aérea de Alta Tensión de 220 kV desde el Apoyo Final DC hasta la Subestación Eléctrica La Fortuna (REE) (6), que pasa a unir
la cámara de empalme CE FOR31 con la SE Fortuna (REE), siendo por tanto necesario tramitar una autorización administrativa previa de modificaciones respecto de dicho tramo.
En relación a las infraestructuras numeradas como 2 y 6 (Subestación colectora Cedillo-Fortuna 220 kV, en la que queda englobada la subestación La Vaguada 30/220 kV, y Línea subterránea 220 kV desde DC a SE Fortuna (REE), y que cuentan con autorización
administrativa de la transmisión de titularidad de parte de la infraestructura de evacuación
común autorizada a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., mediante la Resolución de 2 de octubre
de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, como parte del proyecto de
instalación fotovoltaica “FV Páramos de la Sagra” a favor de Lirio Desarrollos España, S. L.,
como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Vaguada”, es de aplicación el cumplimiento del condicionado y compromisos derivados del cumplimiento de la Declaración
de Impacto Ambiental aprobada mediante Resolución de 3 de julio de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 168,
de 15 de julio de 2023, del proyecto Planta solar fotovoltaica Páramos de La Sagra y su infraestructura de evacuación, en Toledo, Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla La Mancha y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a
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BOCM-20240919-28
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Tomando en consideración que, mediante Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorga a Lirio Desarrollos España, S. L.,
la autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica “La Vaguada”,
de 108,8 MW de potencia pico y 88,2 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en Cedillo del Condado (Toledo).
Y que, mediante Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorga a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica “Páramos de la Sagra” de 93 MW
de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Cedillo del Condado y Lominchar (Toledo) y Leganés (Madrid).
Previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre la
solicitud, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 28 de junio de 2024 se autoriza la transmisión de titularidad de parte de la infraestructura de evacuación común autorizada a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., mediante la Resolución
de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Páramos de la Sagra” a favor de Lirio Desarollos España, S. L., como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Vaguada”.
Así, la solicitud de Lirio comprende las siguientes actuaciones:
1. PSFV La Vaguada.
2. Subestación colectora Cedillo-Fortuna 220 kV, en la que queda englobada la subestación La Vaguada 30/220 kV.
3. Línea L/220 kV DC SE Cedillo-SE Carranque.
4. Subestación Colectora Carranque.
5. Línea aero-subterránea en 220 kV 4C Nudos Leganés-Fortuna-Prado-Ventas (Eje
central evacuación 4C).
6. Línea subterránea 220 kV desde DC a SE Fortuna (REE).
Considerando que el artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
permite que las modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa obtengan autorización administrativa de construcción sin requerir una nueva autorización administrativa previa cuando se cumplan la totalidad de las
condiciones dispuestas en el mismo.
En relación con las modificaciones introducidas en la planta fotovoltaica La Vaguada (1)
y en la subestación Cedillo-Fortuna (2), el Lirio presenta con fecha 13 de octubre de 2023,
escrito justificando el cumplimiento de la totalidad de las condiciones establecidas en el citado artículo 115.2 y, entre ellas, que no se requiera declaración, en concreto, de utilidad
pública para la realización de las modificaciones planteadas.
No aporta justificación de cumplimiento del precitado artículo 115.2 en lo relativo a
las modificaciones introducidas en la Línea Eléctrica Aérea de Alta Tensión de 220 kV desde el Apoyo Final DC hasta la Subestación Eléctrica La Fortuna (REE) (6), que pasa a unir
la cámara de empalme CE FOR31 con la SE Fortuna (REE), siendo por tanto necesario tramitar una autorización administrativa previa de modificaciones respecto de dicho tramo.
En relación a las infraestructuras numeradas como 2 y 6 (Subestación colectora Cedillo-Fortuna 220 kV, en la que queda englobada la subestación La Vaguada 30/220 kV, y Línea subterránea 220 kV desde DC a SE Fortuna (REE), y que cuentan con autorización
administrativa de la transmisión de titularidad de parte de la infraestructura de evacuación
común autorizada a VE Sonnedix SPV Beta, S. L., mediante la Resolución de 2 de octubre
de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, como parte del proyecto de
instalación fotovoltaica “FV Páramos de la Sagra” a favor de Lirio Desarrollos España, S. L.,
como parte del proyecto de instalación fotovoltaica “FV Vaguada”, es de aplicación el cumplimiento del condicionado y compromisos derivados del cumplimiento de la Declaración
de Impacto Ambiental aprobada mediante Resolución de 3 de julio de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 168,
de 15 de julio de 2023, del proyecto Planta solar fotovoltaica Páramos de La Sagra y su infraestructura de evacuación, en Toledo, Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla La Mancha y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a
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