Leganés (BOCM-20240917-71)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 255
3. Solicitudes, lugar, condiciones y plazo de presentación
BOCM-20240917-71
3.1. Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Leganés desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 18 de octubre de 2024. Cualquier solicitud de
inscripción con fecha de registro posterior a dicha fecha no será aceptada.
— Preferentemente de forma electrónica (en línea) accediendo a la Sede electrónica del
Ayuntamiento ( https://sede.leganes.es ). En ese caso deberá utilizar alguno de los
sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Leganés.
— Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Leganés, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (solo personas físicas).
3.2. Autorizaciones para consulta de datos tributarios y de la Seguridad Social. En
caso de no autorizar la consulta en el impreso de inscripción, se deberá presentar la correspondiente documentación acreditativa en el plazo y forma en que sea requerida.
3.3. Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y/o no se aporta la documentación exigible de acuerdo con estas Bases, se requerirá al interesado para que subsane la falta y/o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo improrrogable de diez
días naturales, con apercibimiento de que si, así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de
la misma, previa resolución que se dictará al efecto, todo ello de acuerdo con lo previsto en
el artículo 21 de la citada Ley.
Leganés, a 5 de septiembre de 2024.—El presidente de la Junta Municipal de Distrito
de San Nicasio, Jesús Rodríguez Díaz.
(03/14.352/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 255
3. Solicitudes, lugar, condiciones y plazo de presentación
BOCM-20240917-71
3.1. Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Leganés desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 18 de octubre de 2024. Cualquier solicitud de
inscripción con fecha de registro posterior a dicha fecha no será aceptada.
— Preferentemente de forma electrónica (en línea) accediendo a la Sede electrónica del
Ayuntamiento ( https://sede.leganes.es ). En ese caso deberá utilizar alguno de los
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— Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Leganés, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (solo personas físicas).
3.2. Autorizaciones para consulta de datos tributarios y de la Seguridad Social. En
caso de no autorizar la consulta en el impreso de inscripción, se deberá presentar la correspondiente documentación acreditativa en el plazo y forma en que sea requerida.
3.3. Subsanación de solicitudes.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y/o no se aporta la documentación exigible de acuerdo con estas Bases, se requerirá al interesado para que subsane la falta y/o acompañe los documentos preceptivos en el plazo máximo improrrogable de diez
días naturales, con apercibimiento de que si, así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de
la misma, previa resolución que se dictará al efecto, todo ello de acuerdo con lo previsto en
el artículo 21 de la citada Ley.
Leganés, a 5 de septiembre de 2024.—El presidente de la Junta Municipal de Distrito
de San Nicasio, Jesús Rodríguez Díaz.
(03/14.352/24)
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ISSN 1989-4791