C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240917-25)
Concesión subvenciones – Orden 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, en la temporada 2022-2023 o, en su caso, en el año 2023, según el funcionamiento federativo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 222
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
25
ORDEN 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en
competiciones deportivas oficiales, en la temporada 2022-2023 o, en su caso,
en el año 2023, según el funcionamiento federativo.
Mediante la Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones
deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales, y por Orden 308/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2024, de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, en la temporada 2022-2023
o, en su caso, en el año 2023, según el funcionamiento federativo.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración
de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno
en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
El artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la
competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a las
federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de
competencias de la dirección general.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone
que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de
la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.
En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, a propuesta del Director General de Deporte,
DISPONGO
Primero
Concesión de la subvención
Conceder subvenciones a las asociaciones deportivas madrileñas por las cuantías que
se relacionan en el anexo.
Segundo
Las solicitudes no incluidas en el citado anexo se entienden desestimadas, por no reunir las condiciones necesarias para ser beneficiario de la subvención.
Tercero
Pago de las subvenciones concedidas
1. El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del
Programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024,
BOCM-20240917-25
Solicitudes desestimadas
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 222
MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 123
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
25
ORDEN 1644/2024, de 9 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en
competiciones deportivas oficiales, en la temporada 2022-2023 o, en su caso,
en el año 2023, según el funcionamiento federativo.
Mediante la Orden 602/2018, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones
deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, para la participación en competiciones deportivas oficiales, y por Orden 308/2024, de 15 de febrero, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó la convocatoria correspondiente al año 2024, de subvenciones destinadas a asociaciones deportivas madrileñas, excepto federaciones deportivas, por la participación en competiciones deportivas oficiales, en la temporada 2022-2023
o, en su caso, en el año 2023, según el funcionamiento federativo.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración
de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno
en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
El artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la
competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a las
federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de
competencias de la dirección general.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone
que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de
la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.
En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid
y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, a propuesta del Director General de Deporte,
DISPONGO
Primero
Concesión de la subvención
Conceder subvenciones a las asociaciones deportivas madrileñas por las cuantías que
se relacionan en el anexo.
Segundo
Las solicitudes no incluidas en el citado anexo se entienden desestimadas, por no reunir las condiciones necesarias para ser beneficiario de la subvención.
Tercero
Pago de las subvenciones concedidas
1. El pago de estas subvenciones se realizará con cargo al subconcepto 48099 del
Programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024,
BOCM-20240917-25
Solicitudes desestimadas