D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240914-3)
Convenio –  Convenio de 29 de agosto de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Adela Madrid, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 240.000 euros, para la atención domiciliaria y actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia de las personas afectadas por esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y la potenciación de la información y formación sanitaria de pacientes y familias para el año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 220

SÁBADO 14 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de 29 de agosto de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y la
Asociación Adela Madrid, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 240.000 euros, para la atención domiciliaria y actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia de las personas afectadas por esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y la potenciación de la información y formación
sanitaria de pacientes y familias para el año 2024.
REUNIDOS
D.a

Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora GeDe una parte,
neral del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, D.a María Carmen Martínez Sarmiento, vocal y apoderada de la Junta Directiva de la Asociación Adela Madrid, con NIF número G-84767243, y, en virtud de lo
acordado en la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, el día 16 de enero de 2024,
en relación con el artículo 16 de sus Estatutos, elevado a escritura pública ante la Notaria
del Ilustre Colegio de Madrid doña Carmen Boulet Alonso, con número de protocolo 313,
de fecha 21 de febrero de 2024.
Las partes se reconocen plena capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del
presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN

Segundo
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3
de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la
salud de todos los ámbitos asistenciales.
El Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge, en su artículo 2.h), la
competencia de la Dirección General Asistencial para para la propuesta, seguimiento y control de convenios.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de
Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Acorde con sus estatutos Adela Madrid tiene como fines principales el asesoramiento,
apoyo y búsqueda de las mejoras en la calidad de vida de los enfermos de ELA, así como

BOCM-20240914-3

Primero
Que la Viceconsejería de Sanidad asume la superior dirección del Servicio Madrileño de
Salud, tal y como establece el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.