Fuenlabrada (BOCM-20240913-53)
Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE). Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 219

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE)
Extracto de la resolución número 221 de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas
para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, de 4 de septiembre de 2024, por la que
se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas al fomento y apoyo al emprendimiento en
Fuenlabrada. Año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
1. Objeto.—Se trata de la aprobación de concesión mediante concurrencia competitiva de dos líneas de ayuda dirigidas a fomentar y modernizar el tejido empresarial en la localidad de Fuenlabrada con sede en dicho municipio.
2. Primero: beneficiarios y requisitos.—Podrán ser objeto de la ayuda las empresas
(entendiéndose como tales autónomos o Sociedades) que cuenten con sede fiscal y actividad en el municipio de Fuenlabrada:
— Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2015 que hayan realizado los gastos
para la modernización y mejora de la competitividad de su empresa a partir del 1 de
enero de 2020 y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la presente convocatoria.
— Empresas de nueva creación cuya constitución se haya verificado a partir del 1 de
enero de 2021.
Es requisito común a ambas líneas que las empresas puedan justificar haber incurrido
en un gasto o inversión mínima de 750 euros de los contemplados en al artículo 5.B) de la
convocatoria, destinados tanto a la mejora de su empresa como a su creación, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la correspondiente convocatoria.
El resto de los requisitos para ser beneficiario están detallados en el artículo 4 de la
convocatoria, y deberán ser acreditados de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de
la misma.
3. Documentación a aportar y plazo.—Se encuentra recogida en el artículo 7 de la
convocatoria:
— Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/, en el
apartado de “CIFE”, seleccionando “Ayuda fomento y apoyo al emprendimiento
en Fuenlabrada”.
— El modelo de solicitud para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se genera cumplimentando el formulario del procedimiento habilitado para ello. Estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/
Para la identificación de personas físicas y jurídicas en esta Sede, el Ayuntamiento de
Fuenlabrada admite los certificados emitidos por la Plataforma de validación de certificados. Para la firma de la solicitud sólo se admite certificado digital.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente
a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20240913-53

BDNS: 783776