C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240910-5)
Programa subvenciones entidades locales – Acuerdo de 28 de agosto de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa para otorgar subvenciones a entidades locales para la ejecución de proyectos en el marco del Plan Corresponsables de 2024, se autoriza la concesión directa de subvenciones a 111 ayuntamientos y 9 mancomunidades y un gasto por importe de 17.251.352,07 euros para la financiación de dicho programa
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 216
ANEXO I
PROGRAMA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES
PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN EL MARCO
DEL PLAN CORRESPONSABLES 2024
1. Finalidad del programa
El presente Programa se aprueba con la finalidad de prestar apoyo financiero a las entidades locales de la Comunidad de Madrid para que lleven a cabo actuaciones y prestaciones orientadas a favorecer la conciliación de las familias con niños, niñas y jóvenes de hasta 16 años de edad mediante un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres, crear empleo
de calidad en el sector de los cuidados y formación en materia de corresponsabilidad a la
sociedad y, particularmente, a los hombres en materia de corresponsabilidad en las tareas
de cuidados, dentro del marco del Plan Corresponsables del Ministerio de Igualdad.
2. Objeto
El apoyo financiero a las entidades locales se instrumentará mediante la concesión directa de subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el presente Programa, al amparo del régimen previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y atendiendo lo dispuesto en
el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad aprobado en su reunión celebrada 29 de
abril de 2024 y publicado a través de Resolución de 10 de mayo de 2024 de la Secretaría de
Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, “Boletín Oficial del Estado” de 17 de mayo de 2024.
El objeto de estas subvenciones es la financiación, durante las anualidades de 2024 y 2025,
de actuaciones en materia de desarrollo del Plan Corresponsables mediante la realización de proyectos tendentes a:
a) Favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes hasta 16 años
de edad, desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.
b) Crear empleo de calidad en el sector de los cuidados, aspirando a la dignificación
y reconocimiento de la experiencia profesional de cuidados no formal.
c) Sensibilizar y formar al conjunto de la sociedad y particularmente de los hombres
en materia de corresponsabilidad en las tareas de cuidados, con el fin de impulsar
modelos de masculinidades corresponsables e igualitarias.
3. Crédito presupuestario, cuantía y naturaleza de las subvenciones del Programa
El crédito consignado para este Programa asciende a 17.377.431,58 euros con cargo a
la posición presupuestaria 232B, 46200, correspondiente a la Dirección General de Igualdad, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024.
La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente a este programa será financiada a través de los Fondos del Plan Corresponsables, transferidos por el Ministerio de Igualdad.
Las ayudas a otorgar en virtud del presente Programa, tienen la naturaleza jurídica de
subvenciones públicas sujetas al régimen de concesión directa establecido en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, y en
la restante normativa de desarrollo del régimen jurídico de las subvenciones.
No podrán otorgarse subvenciones a aquellas entidades locales en las que, en el momento del otorgamiento, concurra algunas de las causas de prohibición recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
1. Serán beneficiarias todas las entidades locales de la Comunidad de Madrid (ayuntamientos y mancomunidades) que así lo han solicitado a la Dirección General de Igualdad
y cuyas propuestas de proyectos son elegibles de conformidad con las directrices del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024, y con la distribución de
importes realizada en base a los siguientes criterios:
— Población de hasta 16 años de edad. Ponderación 60%.
— Superficie. Ponderación: 13,5%.
— Dispersión de la población. Ponderación: 15%.
— Grandes urbes. Ponderación: 11,5%.
BOCM-20240910-5
4. Delimitación y obligaciones de las entidades beneficiarias
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 216
ANEXO I
PROGRAMA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES
PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN EL MARCO
DEL PLAN CORRESPONSABLES 2024
1. Finalidad del programa
El presente Programa se aprueba con la finalidad de prestar apoyo financiero a las entidades locales de la Comunidad de Madrid para que lleven a cabo actuaciones y prestaciones orientadas a favorecer la conciliación de las familias con niños, niñas y jóvenes de hasta 16 años de edad mediante un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres, crear empleo
de calidad en el sector de los cuidados y formación en materia de corresponsabilidad a la
sociedad y, particularmente, a los hombres en materia de corresponsabilidad en las tareas
de cuidados, dentro del marco del Plan Corresponsables del Ministerio de Igualdad.
2. Objeto
El apoyo financiero a las entidades locales se instrumentará mediante la concesión directa de subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el presente Programa, al amparo del régimen previsto en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y atendiendo lo dispuesto en
el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad aprobado en su reunión celebrada 29 de
abril de 2024 y publicado a través de Resolución de 10 de mayo de 2024 de la Secretaría de
Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, “Boletín Oficial del Estado” de 17 de mayo de 2024.
El objeto de estas subvenciones es la financiación, durante las anualidades de 2024 y 2025,
de actuaciones en materia de desarrollo del Plan Corresponsables mediante la realización de proyectos tendentes a:
a) Favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes hasta 16 años
de edad, desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.
b) Crear empleo de calidad en el sector de los cuidados, aspirando a la dignificación
y reconocimiento de la experiencia profesional de cuidados no formal.
c) Sensibilizar y formar al conjunto de la sociedad y particularmente de los hombres
en materia de corresponsabilidad en las tareas de cuidados, con el fin de impulsar
modelos de masculinidades corresponsables e igualitarias.
3. Crédito presupuestario, cuantía y naturaleza de las subvenciones del Programa
El crédito consignado para este Programa asciende a 17.377.431,58 euros con cargo a
la posición presupuestaria 232B, 46200, correspondiente a la Dirección General de Igualdad, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024.
La aportación de la Comunidad de Madrid correspondiente a este programa será financiada a través de los Fondos del Plan Corresponsables, transferidos por el Ministerio de Igualdad.
Las ayudas a otorgar en virtud del presente Programa, tienen la naturaleza jurídica de
subvenciones públicas sujetas al régimen de concesión directa establecido en el artículo 4.5.c) 2.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, y en
la restante normativa de desarrollo del régimen jurídico de las subvenciones.
No podrán otorgarse subvenciones a aquellas entidades locales en las que, en el momento del otorgamiento, concurra algunas de las causas de prohibición recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
1. Serán beneficiarias todas las entidades locales de la Comunidad de Madrid (ayuntamientos y mancomunidades) que así lo han solicitado a la Dirección General de Igualdad
y cuyas propuestas de proyectos son elegibles de conformidad con las directrices del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024, y con la distribución de
importes realizada en base a los siguientes criterios:
— Población de hasta 16 años de edad. Ponderación 60%.
— Superficie. Ponderación: 13,5%.
— Dispersión de la población. Ponderación: 15%.
— Grandes urbes. Ponderación: 11,5%.
BOCM-20240910-5
4. Delimitación y obligaciones de las entidades beneficiarias