Boadilla del Monte (BOCM-20240906-39)
Organización y funcionamiento. Ordenanza concesión subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 213

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 19 de abril de 2024, aprobó inicialmente la modificación de la “Ordenanza Reguladora de las Bases Especificas para
la Concesión de subvenciones con destino a Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro
de Boadilla del Monte” que se ha declarado definitivo por el decreto número 2833/2024,
de 17 de julio, modificado por el decreto número 2960/2024, de 26 de julio, de la quinta teniente de alcalde, en virtud del artículo 49, Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el punto tercero de la parte dispositiva del acuerdo inicial al que se ha
hecho referencia.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, se procede a publicar el texto íntegro de la citada ordenanza,
que entrará en vigor, transcurridos los quince días a que se refiere el artículo 65.2 de la citada Ley desde su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
«MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA
DE LAS BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
CON DESTINO A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO
DE LUCRO DE BOADILLA DEL MONTE
PREÁMBULO
Boadilla del Monte es un municipio cuya población crece cada día, no sólo cuantitativamente, sino también en su conciencia de comunidad, de participación y de compromiso
con la cultura, la solidaridad y la igualdad.
El artículo 22 de la Constitución Española reconoce el derecho fundamental de asociación como tendencia natural de las personas e instrumento de participación, respecto al cual
los poderes públicos no pueden permanecer al margen.
Por su parte, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, reconoce la importancia del fenómeno asociativo como instrumento de integración
de la sociedad y de participación en los asuntos públicos, desempeñando un papel fundamental en los diversos ámbitos de la actividad social, contribuyendo a un ejercicio activo de la
ciudadanía y representando los intereses de los ciudadanos ante los poderes públicos. El reconocimiento de dicha importancia se asienta sobre las bases fundamentales de la estructura democrática de las asociaciones, la ausencia de fines lucrativos de las mismas, la participación libre y plural de las personas en las asociaciones y de estas en la vida social y política.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), contempla la
subvención como una técnica de fomento de determinados comportamientos considerados
de interés general e incluso como procedimiento de colaboración entre la Administración
Pública y los particulares para la gestión de actividades de interés público.
El apartado 2 del artículo 17 de la Ley General de Subvenciones, establece que las bases
reguladoras de las subvenciones de las corporaciones Locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.
La Ordenanza Reguladora de las Bases Específicas para la Concesión de Subvenciones a Entidades y Asociaciones Sin Ánimo de Lucro de Boadilla del Monte aprobada por
acuerdo del Pleno Municipal, en sesión de fecha 28 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 6 de noviembre de 2018) establecía
las previsiones necesarias para regular, en el ámbito territorial del Municipio de Boadilla
del Monte, las ayudas dirigidas a las Asociaciones y demás Entidades sin ánimo de lucro
que cumplan los requisitos establecidos en las mismas, con la finalidad de fomentar la actividad de las asociaciones contribuyendo así al fortalecimiento del tejido asociativo.

BOCM-20240906-39

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